Con la medida cautelar de prisión preventiva quedó un hombre acusado de abusar sexualmente de una mujer y la hija de esta en la comuna de Panguipulli. La abogada querellante afirmó que el sujeto tiene dos sentencias de violación y al momento de los hechos estaba con libertad vigila

En prisión preventiva quedó un hombre acusado de dos delitos de abuso sexual, los que habría cometido contra una madre e hija en Panguipulli, en la región de Los Ríos.

Según la denuncia, los hechos ocurrieron en el sector Pucura, luego de la celebración de un cumpleaños.

Cuando la mujer y su hija se retiraron del lugar para ir a su domicilio, el imputado habría ofrecido llevarlas en una motocicleta. Sin embargo, la adulta se negó.

En ese contexto, el hombre de 35 años, habría hecho algunos actos de connotación sexual e incluso intentando besar a la madre.

Con el paso de los minutos, el padre de la menor de edad encontró al mismo hombre abusando sexualmente de su hija, de 12 años.

Debido a ambos hechos, realizaron la denuncia en Carabineros, quienes lograron la captura del hombre al día siguiente.

Tras ser presentado al Juzgado de Garantía de Panguipulli, lo formalizaron por dos delitos de abuso sexual y se le decretó la prisión preventiva, informó la abogada querellante, Karina Riquelme.

Según detalló la profesional, el sujeto registra dos sentencias por violación, pero en la última condena pudo acceder al beneficio de libertad condicional.

Considerando lo anterior, la abogada estima que es necesario revisar los instrumentos que dejaron en libertad al imputado, porque hoy no están previniendo que existan nuevas víctimas de violencia de género.

A su juicio, este caso demuestra que el Estado falló al otorgarle la libertad a alguien que no estaba preparado para reinsertarse en la sociedad.

Tras la formalización de cargos, el juez otorgó un plazo de 90 días para el cierre de la investigación.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)