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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Corte Suprema confirmó la sentencia contra Luis Barría por violar y asesinar a Lorena Cárdenas en Calbuco en 2022, con quien mantenía una relación paralela. El ataque ocurrió en matorrales de La Calizas, identificándolo con muestras de ADN. Barría recibió condena sin beneficios por su conducta irreprochable previa y agravante del crimen en un sitio eriazo.

La Corte Suprema confirmó la sentencia contra Luis Barría, hombre que, en diciembre de 2022 en Calbuco, violó y asesinó a Lorena Cárdenas, con quien tenía una relación sentimental paralela.

La joven tenía 22 años cuando se reunió con su atacante, un hombre con quien tenía una relación sentimental y que fue identificado como Luis Barría.

El sujeto nunca explicó los motivos por los cuales la atacó a la afectada, en un crimen que generó conmoción en Calbuco, región de Los Lagos.

El Ministerio Público asegura que el hombre en 2024 entregó un relato acomodaticio a su favor, lo que fue descartado con el desarrollo de la investigación que fue ejecutada por la Policía de Investigaciones.

Víctima fue vulnerada a nivel físico, psicológico y sexual

El fiscal jefe de Calbuco, Marcelo Maldonado, profundiza en el hecho relacionado con que existía una relación sentimental paralela entre la víctima y el victimario, a lo que se agrega que existían diagnósticos de salud mental que la hacían más vulnerable, elementos que pudieron haber inducido a prejuicios, de no ser por la aplicación de protocolos que dan perspectiva de género al proceso judicial.

“Uno hace todo un análisis respecto de todas estas situaciones de vulnerabilidad, de asimetría, de violencia que ella había vivido durante mucho tiempo, porque también ella había sido objeto de otros delitos de carácter y connotación sexual, donde no recibió mucho apoyo de parte de sus círculos cercanos”, comentó.

“Y eso es importante también destacarlo. Qué el tribunal hace toda esa mirada y finalmente llega a la convicción de que ella merecía la justicia, que finalmente se le termina dando, lamentablemente ya cuando ella no está viva”, agregó.

A juicio de la jefa regional del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG), Francisca Pérez, se enfrentaron dos actos extremos, por una parte, la violencia sexual y otra el femicidio, fundamentado en la forma en la que se relacionaban Lorena y Luis.

“Lo que queda establecido ahí es que justamente este asesinato tiene un fundamento en el tipo de relación existente entre las víctimas, y en el tipo de objetivo o las características particulares de la agresión que pasa por la violación, que es una agresión sexual que, por lo tanto, tal como lo dicen los tratados internacionales, agrede a la mujer por el solo hecho de ser mujer”, detalló.

El sentenciado podrá postular a algún beneficio cuando tenga más de 60 años. Si bien tenía -hasta este hecho- irreprochable conducta, el haber violado y asesinado en un sitio eriazo fue considerado agravante por lo que no hubo espacio para atenuar su castigo de cumplimiento efectivo tras las rejas y ratificado por el máximo tribunal del país.

Violencia contra la mujer
Si eres víctima o testigo de violencia contra la mujer, denuncia al 149 de Carabineros, recibe orientación llamando al número corto 1455 del Sernameg.