El primer caso conocido donde se aplicó la Ley de Aborto en tres causales ocurrió en la región de Atacama.

Lo anterior luego que el Juzgado de Garantía de Copiapó decidiera sobreseer de manera definitiva, y a petición del Ministerio Público y la Defensoría, a un médico acusado de interrumpir los embarazos de dos mujeres abusadas sexualmente.

En la audiencia realizada el 20 de septiembre, el magistrado Víctor Santana, estableció que tras la promulgación de la ley -hace una semana- que modifica el artículo 19 del Código Sanitario y despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales, los hechos por los cuales se les acusaba no constituían delito.

Por su parte, la abogada de la Defensoría Penal Pública, Marcia Guzmán, explicó que el sobreseimiento fue solicitado por la defensa y aceptado por la Fiscalía.

La vocera de la Fiscalía Regional de Atacama, Rebeca Varas, expresó que la promulgación de la ley obliga a la entidad revisar los casos que podrían acogerse a alguna de las tres causales.

En el caso de Atacama, tanto el Ministerio Público como la Defensoría renunciaron a los plazos para la interposición de recursos, por lo que la sentencia quedó firme y ejecutoriada.