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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Corte Suprema ha fijado la audiencia de desafuero de la diputada Catalina Pérez para el lunes 7 de abril, decisión unánime tomada por cinco ministros del Tribunal Pleno de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, quienes consideran que hay suficientes antecedentes para acoger la solicitud del Ministerio Público en el caso del fraude al fisco dentro del marco de Democracia Viva. El fallo reveló que la diputada tenía vínculos con los suscriptores de los convenios, tenía poder político y laboral sobre ellos, y participó en la recolección de datos necesarios para los convenios, a pesar de saber que la fundación no cumplía con los requisitos necesarios.

La Corte Suprema fijó para el lunes 7 de abril la audiencia de desafuero de la diputada Catalina Pérez, dictado por la Corte de Apelaciones de Antofagasta.

Recordemos que fue una decisión unánime de los cinco ministros del Tribunal Pleno de dicha corte, los que consideraron que existen antecedentes suficientes para acoger la solicitud de desafuero del Ministerio Público y dar lugar a la formación de causa.

En la sentencia -leída el pasado jueves- se pudo conocer en profundidad las pruebas y consideraciones que tuvo a la vista el tribunal de alzada del norte para quitar el fuero a la parlamentaria acusada por fraude al fisco reiterado en el marco del caso Democracia Viva.

Según el fallo, “junto a los vínculos de la diputada Pérez con los suscriptores de los convenios y su posición de poder político y laboral respecto de estos, existen elementos de investigación objetivos que hacen plausible la afirmación de que conoció su suscripción”.

“Y que incluso participó en la recolección de antecedentes necesarios para su realización, sabiendo que la fundación no reunía los requisitos básicos para ser beneficiada”, agrega.