La Fiscalía obtuvo una condena en contra de un sujeto acusado de abuso sexual impropio en Calama, en la región de Antofagasta. Esto, a pesar de la retractación de la víctima y de su madre durante el juicio. Así lo informó el fiscal adjunto, Víctor Ravello Vidal, quien llevó adelante la investigación del caso.

Fabián Luis Béjar Vásquez, de nacionalidad chilena, fue condenado a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo como autor del delito consumado de abuso sexual impropio.

Este hecho fue perpetrado en Calama, en la región de Antofagasta, entre los meses de octubre de 2012 y octubre de 2013.

La acusación fue presentada por la Fiscalía Local de Calama ante el Tribunal Oral en Lo Penal de la ciudad.

Además, por este delito, el equipo de la Fiscalía Local de Calama logró que se le impusiera al acusado las penas accesorias de inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer derechos políticos; y la inhabilitación absoluta para postular a cargos y/u oficios públicos durante el tiempo que transcurra la condena.

Condenan a sujeto por abuso sexual

El condenado también recibió la pena de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley determine y a la sujeción de vigilancia de la autoridad por un periodo de 10 años, siguientes al cumplimiento de la pena principal.

Al respecto, el fiscal adjunto de Calama, Víctor Ravello Vidal, quien dirigió la investigación del caso con colaboración de detectives de la PDI destacó que “no obstante la retractación durante el juicio oral de la víctima y de su madre, se logró mediante el ejercicio de refrescar la memoria y revelar contradicciones, unido al mérito del informe pericial de Cavas y de las declaraciones de la duplo psico-social del P.R.M. Bahía de Esperanza, se pudo llevar adelante la acusación del condenado”.

Exconviviente de la madre de la víctima

Según lo dado a conocer por el fiscal adjunto de Calama durante el juicio, “el 27 de mayo del 2019, la madre de la víctima, descubrió una carta en donde se relataba que su exconviviente había cometido el delito de abuso sexual cuando la víctima era menor de edad”.

A esto agregó que “lo anterior fue ratificado además con los antecedentes entregados por una perito, acreditándose así, más allá de toda duda razonable, la participación del acusado en estos hechos de una manera inmediata y directa”.

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