La Corte de Apelaciones de Santiago cuestionó los llamados telefónicos por cobranzas extrajudiciales, los que calificó de arbitrarios

En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal acogió un recurso de protección a favor del abogado Francisco Bravo López.

Este último denunció los reiterados llamados telefónicos por cobranzas de la empresa Movistar, por servicios de telefonía, internet y televisión que se encontraban impagos.

Pese a que el aludido solicitó el cese de los servicios en febrero, continuó recibiendo los llamados donde lo notificaban de una deuda de $136.000.

Si bien él había solicitado que no lo llamaran y que se utilizara la vía judicial para estos cobros, los llamados persistieron.

En el recurso, denunció que se vulneraba su legítimo derecho a la integridad psíquica, lo que fue acogido por el tribunal capitalino.

La resolución señala que “podemos colegir que existe un ámbito de protección de las personas que se encuentran precisamente referidos a su integridad psíquica, que no puede ser vulnerado por los proveedores en un caso de deudas.

“Se estima por este tribunal que la recurrida (Movistar) ha incurrido en una conducta arbitraria. El derecho a la vida, la integridad física y psíquica de la persona, derecho fundamental que se ve vulnerado en cuanto a lo que se refiere a la integridad psicológica, en la medida en que este acoso telefónico resulta ser persistente, ajeno a lo razonable y excede, por lo mismo, los márgenes de lo permitido”, señala el dictamen.