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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La defensa del senador Miguel Ángel Calisto pidió inhabilitar a diez ministros titulares y dos suplentes de la Corte Suprema para votar su desafuero, alegando que ya se pronunciaron sobre los mismos hechos cuando era diputado. La Corte de Apelaciones declaró admisible la causal, pero aún no resuelve si la acoge. Los magistrados deberán informar en tres días y abstenerse mientras tanto. Aunque la medida podría cambiar quiénes votan, la Suprema cuenta con mecanismos para completar su integración.

La defensa de Miguel Ángel Calisto busca apartar a la mitad de la Corte Suprema de la votación de su desafuero, argumentando que ya se pronunciaron sobre los mismos hechos investigados cuando era diputado.

La decisión podría inhabilitar a 10 magistrados y dejaría a solo nueve ministros titulares habilitados para votar. Con eso, la composición de la Corte Suprema podría cambiar para resolver el desafuero del senador Miguel Ángel Calisto.

La recusación apunta a los ministros Ricardo Blanco, Andrea Muñoz, Manuel Valderrama, Arturo Prado, Mauricio Silva, María Angélica Repetto, Leopoldo Llanos, Adelita Ravanales, María Soledad Melo y Mireya López.

También incluye a las ministras suplentes Eliana Quezada y María Carolina Catepillán. La defensa invocó que los magistrados ya habían manifestado dictamen sobre los mismos hechos al resolver el desafuero anterior de Calisto.

La Corte de Apelaciones de Santiago declaró “bastante” la causal invocada, lo que significa que cumple los requisitos para ser tramitada, pero no implica una inhabilidad definitiva. Mientras se resuelve el incidente, los magistrados deberán abstenerse de intervenir y tendrán un plazo de tres días para informar sobre los cuestionamientos.

El académico de la Universidad del Desarrollo, Diego Muñoz, explicó que el caso tiene una particularidad, ya que Calisto ya había sido desaforado como diputado, pero al asumir como senador adquirió nuevamente fuero parlamentario, por lo que debe repetirse el procedimiento.

El eventual impedimento de los diez titulares abre otro escenario, debido a que el Pleno necesita un mínimo de once integrantes para funcionar. Sin embargo, la Corte cuenta con mecanismos legales para completar su integración, por lo que no quedaría impedida de resolver la apelación.

Así lo explicó Felipe Lizama, académico de la Universidad de Santiago, quien advirtió que el principal efecto podría estar en la identidad de quienes finalmente voten.

Ahora, los ministros cuestionados deberán evacuar un informe sobre la recusación en un plazo de tres días. Mientras tanto, deberán abstenerse de intervenir en la causa, a la espera de que se resuelva si corresponde acoger definitivamente las inhabilidades solicitadas por la defensa.