La Cámara aprobó y despachó a segundo trámite la reforma al mercado de capitales que, entre sus pilares, busca “facilitar el acceso a la vivienda y fomentar el ahorro de las familias”. El texto “considera instrumentos para favorecer el acceso a créditos hipotecarios” y “presenta un amplio marco de normas para modernizar y fortalecer el mercado de capitales y de fondos”.
Para ese objetivo, el proyecto propone la creación del Fondo Nacional para la Vivienda (Fonavi), con vigencia de 10 años. Su objeto es “facilitar el acceso al financiamiento habitacional y movilizar capital público y privado hacia el financiamiento de viviendas”.
El sistema será administrado por BancoEstado y estará sujeto a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero. Los créditos apuntarán a “personas naturales para adquirir una vivienda destinada a uso habitacional que, a la fecha de otorgamiento del financiamiento, constituya su única vivienda”.
El valor máximo no podrá exceder las 6.000 UF, incluidos un estacionamiento y una bodega, adquiridos en la misma escritura pública.
Ahorro voluntario para el pie
Además, el proyecto crea un régimen de Ahorro Voluntario para la Vivienda (AVV) para fomentar el ahorro de las personas naturales. Ese ahorro estará destinado a “cubrir el pie exigido en los créditos (10%) para la compra de una vivienda nueva o usada, por una única vez”.
Las cuentas de ahorro podrán ser administradas por bancos e instituciones financieras; administradoras de fondos de terceros, compañías de seguros de vida; cooperativas de ahorro y crédito; y cajas de compensación.
Los aportes efectuados a las cuentas de ahorro para la vivienda deben ser estables en su monto, continuos y realizados en un período no inferior a 30 meses, a partir del mes siguiente a su apertura. Alcanzada la meta de ahorro, el Estado otorgará una “bonificación complementaria equivalente al 3% del valor de la vivienda para completar el pie”.
Para acceder a esta bonificación, el titular o grupo familiar deberá cumplir, copulativamente, los siguientes requisitos: ser titular o cotitular de una cuenta de capitalización habitacional vigente en una institución autorizada; haber efectuado aportes, acreditando el período mínimo de 30 meses completos o la concurrencia de alguna causal de excepción reglamentaria; y acreditar un saldo efectivamente ahorrado.
El Ministerio de Hacienda efectuará aportes al Fonavi por “hasta US$ 2.000 millones, dentro de los 36 meses siguientes a la publicación de esta ley”.
Debate en la Cámara por Mercado de Capitales
En el grueso de opiniones a favor de la propuesta se valoró el incentivo y apoyo a la adquisición de la primera vivienda, facilita capitales y fomenta el ahorro de las familias. También hubo opiniones favorables en torno a otros aspectos de la reforma, como la creación de nuevas opciones de financiamiento para los negocios emergentes y el fomento de la inversión.
En particular, se valoraron los cambios incorporados en la Comisión de Hacienda que permitieron “concentrar este beneficio en personas naturales que adquieran su primera vivienda”.
De igual modo, que no se variara, en lo fundamental, la responsabilidad de los bancos en materia de fraude, como planteaba el mensaje original del gobierno. Pero también hubo críticas cruzadas en torno a la “ampliación del giro de las AFP para facultarlas a administrar las nuevas cuentas de ahorro voluntario para la vivienda”, punto rechazado por la Sala.
Al momento de votarse la reforma, se aprobó el texto, en general, por 100 votos a favor, 35 en contra y una abstención. Las normas de quórum especial, en tanto, se respaldaron por 102 votos a favor, 35 en contra y una abstención.
Seguidamente, se abordaron más de cincuenta votaciones para determinar el articulado (votaciones separadas e indicaciones renovadas). En este marco, se aprobó el grueso de las normas con excepción de tres disposiciones relacionadas con la participación de las AFP.
Cambios en el mercado de capitales
También se repusieron las normas del mensaje referidas a las sociedades anónimas, que la Comisión de Hacienda proponía eliminar, así como una indicación renovada del Gobierno relativa a reformas a los estatutos de estas sociedades.
El texto, derivado al Senado a su segundo trámite, contempla una “actualización del sistema de Ahorro Previsional Voluntario, APV, modalidad A“. Junto a esto efectúa modificaciones al Código Tributario y a la Ley de Impuesto a la Renta.
Del mismo modo, se considera ampliar beneficios tributarios para atraer a inversionistas locales y extranjeros a financiar a empresas de todos los tamaños.
Asimismo, consigna nuevos estatutos: el de Incentivos para la inversión en el Segmento Júnior de la Bolsa y el de Promoción de la Innovación y la Inversión en Capital de Riesgo. De igual forma, perfecciona el tratamiento tributario para fondos de inversión y fondos mutuos.