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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Representantes de ONG como FIMA, AIDA, Fundación Terram y Greenpeace expresaron sus preocupaciones ante el Tribunal Constitucional por las disposiciones ambientales incluidas en el proyecto de Ley de Reconstrucción, conocida como "megarreforma" o "Ley Miscelánea". Se advirtió que las modificaciones podrían debilitar la prevención del daño ambiental, restringir el acceso a la justicia y disminuir los estándares de protección ambiental vigentes. En particular, se cuestionó una norma que permitiría trasladar concesiones salmoneras hasta 350 metros sin evaluación ambiental, incluso dentro de áreas protegidas, lo que se considera inconstitucional. Se destacó la importancia de respetar compromisos internacionales en materia ambiental.

Representantes de ONG FIMA, AIDA, Fundación Terram y Greenpeace expusieron este miércoles ante el Tribunal Constitucional (TC) sus reparos a las disposiciones ambientales incluidas en el proyecto de Ley de Reconstrucción, también conocida como “megarreforma” o “Ley Miscelánea”.

En la instancia, las organizaciones de la sociedad civil entregaron antecedentes sobre los efectos jurídicos y concretos que podrían generar las normas impugnadas.

Durante la jornada, dichos organismos advirtieron que las modificaciones podrían debilitar la prevención del daño ambiental, restringir el acceso a la justicia y significar un retroceso en los estándares de protección ambiental vigentes.

Acceso a la justicia ambiental, salmoneras y relocalización de concesiones

Por su parte, el director de ONG FIMA, Ezio Costa, sostuvo que las modificaciones cuestionadas debilitan la capacidad preventiva del Estado y restringen las vías para que las personas puedan oponerse a proyectos que afectan sus territorios y condiciones de vida.

“Hay una vulneración de la capacidad de prevención que debe tener el Estado para evitar daños al medio ambiente y a la salud de las personas. Además, hay un bloqueo en el acceso a la justicia ambiental, que impide que las personas se manifiesten en contra de proyectos que afectan su vida y entrega un regalo regulatorio a empresas que hacen las cosas de manera ilegal. Eso nos parece inconstitucional y muy improductivo para el país”, aseveró.

En tanto, la abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Cristina Lux, analizó las disposiciones sobre micro-relocalización de centros salmoneros y la indemnización a titulares cuyas Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) sean anuladas judicialmente, desde la perspectiva del derecho internacional y los compromisos asumidos por Chile bajo acuerdos internacionales.

En esa línea, Lux destacó que el principio de no regresión ambiental está reconocido en normas y compromisos asumidos por Chile, como la Ley Marco de Cambio Climático y el Acuerdo de Escazú.

“Este estándar también ha sido avalado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos: en la OC-23/17, que estableció que el derecho a un ambiente sano incluye prevención, precaución, progresividad y no regresión; y en la OC-32/25 sobre emergencia climática, solicitada por Chile y Colombia”, expresó.

La directora ejecutiva de Fundación Terram, Flavia Liberona, cuestionó una norma del proyecto que permitiría trasladar concesiones salmoneras hasta 350 metros sin evaluación ambiental, incluso dentro de áreas protegidas.

A juicio de la organización, la medida vulneraría la protección constitucional del medio ambiente y la igualdad ante la ley, al otorgar un beneficio que no tienen otras actividades productivas.

“Permitir que una concesión salmonera se traslade 350 metros, dentro o fuera de áreas protegidas y sin evaluación ambiental, constituye un premio para una industria que registra numerosos incumplimientos. Es un beneficio que no tienen otras actividades: imaginemos que a un relave se le permitiera moverse 350 metros sin evaluación ambiental. Por eso creemos que este artículo es inconstitucional“, sostuvo Liberona.

Acuerdo de Escazú y principios ambientales

Roxana Núñez, de Greenpeace, cuestionó las microrelocalizaciones desde la perspectiva del Acuerdo de Escazú y de los principios preventivo, precautorio y de no regresión ambiental.

La abogada recordó que la Constitución obliga al Estado no solo a garantizar el derecho a un medio ambiente libre de contaminación, sino también a prevenir su afectación y proteger la naturaleza.

“Por eso nos preocupa que este proyecto de ley excluya determinadas relocalizaciones de operaciones de salmonicultura del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, porque reduce una herramienta fundamental para anticipar y prevenir daños. Una relocalización o micro-relocalización no es simplemente mover una concesión en el mapa: significa trasladar una actividad productiva y sus impactos a un nuevo lugar, que puede tener condiciones ambientales completamente distintas. Por eso, una distancia de 350 metros —como establece esta ley para las micro-relocalizaciones— puede parecer pequeña o inocua en un mapa, pero ser significativa para un ecosistema. Un desplazamiento de esa magnitud no puede, por sí solo, ser suficiente para asegurar que no existirán impactos ambientales relevantes”, explicó Núñez.

Próximos pasos

La audiencia pública no corresponde a los alegatos de las partes ni supone un pronunciamiento anticipado del tribunal. Este jueves 13 de agosto, el TC escuchará a los requirentes y demás intervinientes antes de iniciar el análisis de fondo de las normas impugnadas.