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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Defensoría Penal Pública presentó ante el 7° Juzgado de Garantía de Santiago un escrito en defensa de Ángela Vivanco, exministra de la Corte Suprema, tras un reporte de Carabineros sobre presunto incumplimiento de su arresto domiciliario. Según Carabineros, no pudieron contactarla en su domicilio durante una fiscalización, pero la defensa argumenta que el personal de conserjería controla el acceso al edificio y que Vivanco facilitó su número a la policía.

La Radio tuvo acceso al escrito de la Defensoría Penal Pública presentado ante el 7° Juzgado de Garantía de Santiago que detalla las alegaciones de la defensa de la exministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, luego de conocerse que Carabineros informó al citado tribunal el incumplimiento de la medida cautelar de arresto domiciliario total que pesa sobre ella.

De acuerdo con un oficio de la Subcomisaría de Carabineros de Providencia Sur, el hecho ocurrió durante la madrugada del domingo 5 de julio, cuando personal policial acudió hasta el domicilio informado por Vivanco para fiscalizar el cumplimiento de la cautelar.

Según el documento, a las 05:59 horas los funcionarios tocaron “en reiteradas oportunidades” el citófono del edificio ubicado en avenida Los Leones, en la comuna de Providencia. Además, el personal policial realizó cuatro llamadas telefónicas al celular informado por la exmagistrada, las que no fueron contestadas.

El oficio de Carabineros agrega que los funcionarios también hicieron uso de un aparato sonoro, sin obtener respuesta desde el domicilio. Ante esta situación, la unidad policial remitió los antecedentes al 7° Juzgado de Garantía de Santiago, informando un incumplimiento de la medida cautelar de arresto domiciliario total.

Versión de la defensa de Vivanco

El antecedente quedó registrado en un oficio fechado el mismo 5 de julio y firmado por el teniente Francisco Cabezas Andrade, subcomisario de la unidad policial. Frente a esta situación, la Defensoría Penal Pública presentó un escrito ante el tribunal para aclarar los hechos y solicitar que se desestime la infracción.

En su presentación, la abogada Patricia Alvarado Masafierro señaló que “el domicilio de mi representada cuenta con un estricto cierre perimetral (reja peatonal y portón vehicular) controlado de forma exclusiva por el conserje de turno”.

El escrito enfatiza que “los visitantes no tienen comunicación directa con los departamentos; toda interacción externa o solicitud de ingreso se canaliza obligatoriamente a través de la conserjería mediante citofonía interna”. De este modo, la defensa sostiene que “nadie accede al recinto ni a los departamentos sin la autorización previa y expresa de sus residentes”.

Apelan a conducta de Ángela Vivanco

La defensa destaca que, desde el inicio del cumplimiento de la medida cautelar en dicho inmueble, Vivanco ha mantenido “una conducta intachable, colaborando activamente con las dos o tres fiscalizaciones diarias realizadas por Carabineros, incluso en horarios de madrugada”.

Asimismo, la abogada subraya que “existe un ánimo constante de cumplimiento, al punto que la Sra. Vivanco facilitó voluntariamente su número telefónico a los funcionarios policiales para asegurar el éxito de los controles”.

Además, la Defensoría hace hincapié en que “toda salida de carácter médico ha sido solicitada, autorizada y respaldada documentalmente de forma previa ante este tribunal, lo que demuestra un absoluto respeto y cumplimiento de las resoluciones judiciales”.

Relato de los hechos del domingo 5 de julio

Respecto al incidente denunciado, la defensa plantea que “la realidad de los hechos difiere sustancialmente de lo consignado en el parte policial”. En primer lugar, la abogada Alvarado sostiene que existe una “inexistencia de concurrencia efectiva en los términos informados”.

La Defensoría detalla que el conserje de turno del edificio se encontraba prestando funciones en su puesto de trabajo durante la fecha y bloque horario indicado por el personal policial. El escrito señala que la defensa cuenta con el nombre y cédula de identidad de dicho testigo, “datos que se reservan en este acto por razones de publicidad y protección, quedando a la entera disposición de este Tribunal en caso de que sea solicitado”.

El conserje, según el escrito, “ha manifestado categóricamente que ningún funcionario policial se presentó en el acceso del edificio, ni se requirió el ingreso, ni se activaron los sistemas de comunicación hacia el departamento de la imputada a esa hora”. La defensa añade que, habitualmente entre las 05:00 y las 06:00 horas, el personal de conserjería debe apartarse momentáneamente del mesón principal para el retiro de basura y encendido de calderas.

Por lo tanto, la abogada plantea que “si la policía concurrió en dicho lapso, es altamente probable que no encontraran al conserje en el mesón principal del acceso y se retiraran de inmediato, sin haber tocado efectivamente el citófono del departamento ni haber sido divisados en el frontis”. Esta situación, según la defensa, “es corroborable a través del sistema de cámaras de seguridad del recinto que registra los accesos”.

Situación del teléfono móvil de la exministra Vivanco

En relación con los llamados telefónicos, la Defensoría reconoce que “por un olvido involuntario, el dispositivo móvil de mi representada se encontró apagado por falta de carga durante la noche”. Sin embargo, el escrito puntualiza que “en el registro posterior del terminal telefónico no figura ninguna llamada perdida proveniente de los números institucionales o particulares asociados a la unidad fiscalizadora en dicho horario”.

La defensa insiste en que Vivanco “estuvo presente en su domicilio durante todo el bloque nocturno, siendo imposible que no se percatara de una fiscalización efectiva”. La abogada argumenta que las mascotas de la exministra “alertan de inmediato frente a ruidos en el citófono o llamados a la puerta”.

Con todos estos antecedentes, la Defensoría Penal Pública concluye que “la constancia estampada por el personal policial no responde a una infracción o desatención voluntaria de la Sra. Vivanco, sino a un problema de comunicación y a las dificultades propias del sistema de control perimetral del edificio a esa hora de la madrugada”.

Por ello, la abogada Patricia Alvarado solicita al 7° Juzgado de Garantía de Santiago que “tenga por presentadas estas alegaciones”, y en mérito de lo expuesto, “dar aclarada la situación del día 5 de julio de 2026, desestimando que exista un incumplimiento voluntario a la medida cautelar de arresto domiciliario total por parte de la imputada doña Angela Francisca Vivanco Martínez”.