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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Tesorería General de la República aclaró que el reciente dictamen de Contraloría no afecta las facultades de cobranza del organismo respecto de deudas del Crédito con Aval del Estado (CAE). El pronunciamiento se centra en la aplicación del artículo 6° del Estatuto Orgánico de Tesorería en un caso específico de fondos previsionales. Se destaca que las facultades de cobro coactivo y la capacidad de compensar deudas CAE con créditos fiscales siguen vigentes. El dictamen no aborda la calidad del Fisco como acreedor ni la naturaleza del CAE como crédito público, manteniendo la doctrina previa.

Esta tarde de viernes, la Tesorería General de la República aclaró que un reciente dictamen de la Contraloría no elimina ni limita las facultades generales de cobranza del organismo respecto de las deudas del Crédito con Aval del Estado (CAE).

De esta manera, indicaron que el pronunciamiento del ente contralor se refiere exclusivamente a la aplicación del artículo 6° del Estatuto Orgánico de Tesorería en un caso específico vinculado a fondos con destino previsional preferente.

Por tanto, “las facultades de cobro coactivo establecidas en el Código Tributario permanecen plenamente vigentes, incluida la facultad de TGR de compensar deudas CAE con créditos fiscales”, señalaron.

Igualmente, indicaron que el dictamen no se pronuncia sobre la calidad del Fisco como acreedor ni sobre la naturaleza del CAE como crédito del sector público.

Por último, concluyeron que “el propio dictamen mantiene vigente la doctrina previamente establecida por Contraloría en el Dictamen N° 30.802 de 2019”. De esta manera, se confirma la continuidad de los criterios administrativos aplicables a la cobranza de este tipo de créditos por parte de la Tesorería General de la República.

Recordemos que la duda surgió luego de un requerimiento presentado por una trabajadora independiente en contra de la Tesorería. Al respecto, la CGR ordenó devolver la retención de impuestos para compensar una deuda del CAE, tras determinar que debía priorizarse el pago de cotizaciones previsionales.