Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
El 7º Juzgado de Garantía de Santiago rechazó la querella presentada por la abogada Nubia Vivanco contra el exsubsecretario del Interior, Manuel Monsalve, y la ministra del Interior, Carolina Tohá, en el caso Monsalve. La acción judicial, que buscaba imputarles obstrucción a la investigación e infracción a la Ley de Inteligencia, fue declarada inadmisible debido al domicilio de la demandante. La resolución, a cargo del juez Daniel Urrutia Laubreaux, señala que la solicitante debe tener domicilio en la provincia donde se cometieron los hechos, y al ser de la provincia de San Felipe y los hechos en Santiago, se desestimó por falta de legitimidad activa.
Este viernes, el 7º Juzgado de Garantía de Santiago declaró inadmisible la querella presentada por la abogada Nubia Vivanco en contra del exsubsecretario del Interior, Manuel Monsalve, y la ministra del Interior, Carolina Tohá.
La acción judicial, en el marco del caso Monsalve, era por los delitos de obstrucción a la investigación e infracción a la Ley de Inteligencia.
Además, sin perjuicio de que la investigación pudiera ampliarse a otros delitos que surjan de acuerdo a su avance, y lo mismo respecto de otras personas que aparezcan como participes de los delitos investigados.
En esa línea, la querella contemplaba una serie de diligencias como la citación de autoridades de Gobierno, de la Policía de Investigaciones (PDI) y también información sobre los recursos fiscales involucrados con acciones del exsubsecretario Monsalve.
En la resolución, a cargo del juez Daniel Urrutia Laubreaux, se argumenta el domicilio de la solicitante. Esto, citando el inciso segundo del artículo 111 del Código Procesal Penal y al artículo 114 letra E del mismo cuerpo legal.
“Teniendo presente que la norma en que funda su presentación la solicitante requiere que imperativamente tenga domicilio en la provincia (…) siendo el domicilio de la requirente la provincia de San Felipe, y los hechos eventualmente cometidos en la comuna de Santiago, se declara inadmisible la presente querella por falta de legitimidad activa”, dice el documento.
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Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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