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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Instituto de Previsión Social (IPS) hace un llamado a los adultos mayores de 65 años en adelante para que consulten si tienen derecho a la Pensión Garantizada Universal (PGU), beneficio estatal para quienes cumplen requisitos como tener una pensión base menor o igual a $1.252.602 y residir en Chile por al menos 20 años. El monto de la PGU varía según la pensión base. Se puede solicitar online con ClaveÚnica o presencialmente en sucursales de Chile Atiende.

En Chile, una de las políticas públicas que van en apoyo de los adultos mayores es la entrega de la Pensión Garantizada Universal (PGU), una pensión estatal para personas de 65 años o más que cumplen con los requisitos legales.

Al respecto, el Instituto de Previsión Social (IPS) hace un llamado a las personas desde los 65 años en adelante para que consulten si tienen derecho a este beneficio.

¿Quiénes pueden acceder a la PGU?

A esta ayuda pueden acceder las personas que tengan 65 o más años (estén pensionadas o continúen trabajando). No pueden pertenecer al 10% más rico de la población y tienen que tener una pensión base calculada menor o igual a $1.252.602. Además, deben acreditar residencia en Chile por 20 años continuos o discontinuos, desde que la persona tiene 20 años en adelante. También, al menos cuatro años de los últimos cinco anteriores a la solicitud del beneficio.

Cabe señalar que el monto de la PGU dependerá de la pensión base que reciba el consultante:

• Hasta $789.139: $231.732.
• Desde $789.140 hasta $1.252.602: monto variable.
• A partir de $1.252.603: no tiene derecho a PGU.

Si cumple con esos requisitos, la persona podrá hacer la solicitud de la PGU ingresando a www.chileatiende.cl, con su ClaveÚnica, o contactarse con la red Chile Atiende en la misma página a través de una videollamada.

También puede realizar el trámite de forma presencial, ya sea en sucursales de Chile Atiende del IPS a lo largo del país, municipalidades y AFP o compañías de seguros (si se está afiliado a una de esas entidades).

Motivos por los cuales se puede perder

Actualmente, existen dos causales por las cuales un beneficiario puede, parcial o definitivamente, perder su pensión, y dependerá de si se cumplen los siguientes casos.

Causales de suspensión:

• Que el adulto mayor no haya cobrado la PGU durante 6 meses continuos. Si la persona no solicita la reactivación del beneficio en el plazo de 6 meses desde que se emitió la resolución de suspensión, el Instituto de Previsión Social pondrá término a la pensión.

• Que el jubilado no entregue los antecedentes que acrediten el cumplimiento de los requisitos para mantener la PGU, en un periodo de 3 meses desde que se generó la solicitud.

Causales de extinción:

• El fallecimiento del beneficiario o beneficiaria. En ese caso, la pensión se extinguirá el último día del mes del fallecimiento.

• Que la persona resida fuera de Chile por un periodo superior a 180 días continuos o discontinuos durante un año calendario (enero a diciembre). Para volver a reactivarla, el jubilado deberá acreditar residencia en el país por un periodo no inferior a 270 días.

• Que el adulto mayor entregue antecedentes incompletos, erróneos o falsos, con el objetivo de acreditar el cumplimiento de los requisitos para acceder a la PGU, además de no integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de Chile.