Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
El Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago declaró admisible la querella criminal presentada por el exfiscal Manuel Guerra, representado por el abogado Felipe Polanco, por la filtración de sus chats con el abogado e imputado Luis Hermosilla. La acción judicial apunta a quienes resulten responsables del delito de violación de secreto, así como a otros delitos que se acrediten durante la investigación. La querella se basa en el artículo 182 del Código Procesal Penal que establece la confidencialidad de las actuaciones de la investigación. Se argumenta que la prensa accedió a mensajes almacenados en el celular de Hermosilla, los cuales supuestamente solo podrían provenir de dispositivos bajo custodia del Ministerio Público. Se solicita investigar el origen de las filtraciones para determinar si involucran a funcionarios del Ministerio Público u otras personas con acceso a la información.
Este miércoles, el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago declaró admisible la querella criminal presentada por el exfiscal Manuel Guerra, tras la filtración de sus chats con el abogado e imputado Luis Hermosilla.
La acción judicial presentada por el abogado Felipe Polanco, en representación del expersecutor, apunta a todos quienes responsables del delito de violación de secreto.
Y también, de aquellos otros delitos que se acrediten en el curso de la investigación y en que tengan participación en calidad de autores, cómplices o encubridores.
La arremetida del exfiscal Manuel Guerra
En el documento, al que tuvo acceso Radio Bío Bío, se argumenta el artículo 182 del Código Procesal Penal que señala que las actuaciones de la investigación son secretas para terceros ajenos al procedimiento.
Citando reportajes de medios de comunicación, en que se revelaron las conversaciones entre Guerra y Hermosilla, la querella asegura que la prensa accedió a mensajes almacenados en el celular de este último.
“Accedieron y publicaron una gran cantidad de mensajes que no puede provenir sino de aquellos equipos de telefonía que están actual y supuestamente bajo custodia del ente persecutor”, dice el documento.
Reiterando que lo publicado “efectivamente se trata de la reproducción de conversaciones realizadas a través del sistema de WhatsApp y que, como antes se explicó, están en poder del Ministerio Público”.
De esta manera, solicitan investigar “justamente el origen de estas filtraciones para determinar si pudieren provenir de funcionarios” del Ministerio Público o de otras personas que hayan tenido acceso a esa información.
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Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
Violencia contra la mujer
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Estudio científico
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