La historia del fallo se remonta al 4 de julio de 2022, cuando el entonces rector de la Usach, Juan Manuel Zolezzi, firmó el “permiso sabático remunerado” para la académica Elisa Loncon, provocando reclamos de parte de parlamentarios y políticos de derecha.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó que la Universidad de Santiago (Usach), deberá entregar antecedentes de académicos que se encuentran con año sabático, entre los que está la expresidenta de la Convención Constituyente, Elisa Loncon.

Así, la Corte rechazó los reclamos de ilegalidad deducidos en contra de la resolución adoptada por el Consejo para la Transparencia (CPLT).

En fallos unánimes, el tribunal de segunda instancia descartó ilegalidad de la resolución impugnada, por supuesta falta de quorum. De igual forma, descartó que la información solicitada por ley de transparencia tenga el carácter de reservada o secreta.

La historia del fallo se remonta al 4 de julio de 2022, cuando el entonces rector de la Usach, Juan Manuel Zolezzi, firmó el “permiso sabático remunerado” para la académica Elisa Loncon. Con dicho permiso, Loncon podría visitar universidades extranjeras y realizar publicaciones académicas en el plazo de un año.

Al hacerse público el permiso, algunos parlamentarios de Chile Vamos presentaron un oficio en Contraloría para “aclarar la naturaleza de ese permiso”, es decir, iniciar un proceso administrativo para determinar la validez de dicho permiso.

Tras ello, la propia Loncon debió explicar qué realizaría durante ese tiempo. En simple: publicar libros y dar conferencias. Por las críticas en su contra, la académica acusó “odio racial” y “neo-apartheid”.

No obstante, haciendo uso de la Ley de Transparencia, desde el equipo de El Polígrafo de El Mercurio, solicitaron a la Usach los “antecedentes académicos” de Elisa Loncon a fin de “justificar su año sabático”.

Ante la negativa de la Usach de entregar los documentos de Elisa Loncon, el Consejo para la Transparencia insistió a través de la justicia, lo que fue respondido en esta jornada, dando razón al CPLT.

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