"Podíamos elegir dos caminos, que era judicializar esto (...) o entender que el Servel es el organismo regulador y acatar su criterio”, dijeron desde Amarillos por Chile.

Desde una amonestación hasta la disolución fue a lo que se arriesgó Amarillos por Chile tras una situación que involucró elecciones internas del partido y al Servicio Electoral de Chile (Servel).

Lo anterior, en específico, luego que la colectividad designara -sin elección- a los 50 integrantes de su Encuentro Nacional, dichos militantes tienen por finalidad elegir a la directiva de Amarillos.

Lo anterior, cuentan a desde la interna del partido, sucedió porque en las primeras reuniones con el Servel se les consultó sobre las indicaciones acerca del proceso de elección interna.

En la oportunidad, el Servel habría respondido que en la primera elección de un partido en formación la regulación corresponde al Tribunal Supremo porque, en primer lugar, se deben generar autoridades definitivas antes de pasar a ser regidos por el Servicio Electoral.

Amarillos por Chile: “Podíamos elegir judicializar esto (…) o entender que el Servel es el organismo regulador y acatar”

En ese sentido, explican a BioBioChile que la primera elección tenía que hacerse con un reglamento provisorio que era redactado libremente por el Tribunal Supremo en el que el Servel no participaba.

Listo el trámite, el Tribunal Supremo de la colectividad generó un estatuto en el que se establecía una norma que decía que en la primera elección de autoridades del partido, si no había más candidatos que la cantidad de puestos a llenar o había menos cantidad de candidatos que la cantidad de puestos a llenar, simplemente se proclamaba electos a todos los que se habían inscrito para ser candidatos.

Una vez terminando ese proceso, el secretario general de Amarillos por Chile, Isidro Solís, fue quien informó el resultado al Servel: desde el primer reglamento provisorio y todo el resto del proceso.

En la instancia, cuenta a BBCL, “el Servel aprovecha informalmente de comunicarme (…) que observaban que la norma del estatuto provisorio, que proclamaba electo a los candidatos cuando había menos o igual cantidad de candidatos que cargos a llenar, era una norma que no satisfacía los requisitos la ley”.

Tras lo anterior, cuenta Solís, “yo procedí a notificar al partido y se citó a todo el Encuentro Nacional”.

“En estas cosas nosotros podíamos elegir dos caminos, que era judicializar esto y exigir un pronunciamiento del Tribunal Calificador de Elecciones, o entender que el Servel es el organismo regulador y acatar su criterio”, dijo.

Agregando que “se optó por acatar el criterio y por lo tanto, hemos tenido que organizar unas elecciones de emergencia al 30 de diciembre”.

Consultado por la sanción de disolución, el representante de Amarillos recordó que es algo que está establecido en la ley “por lo tanto es de una eventualidad”. Algo que está en el artículo 60 de la Ley de Partidos Políticos.

“Por eso es que nosotros razonamos y dijimos: mira entre cumplir el criterio del Servel y judicializar con la eventualidad de que se ganara o se perdiera, la decisión que se tomó responsablemente fue cumplir el criterio”, finalizó.