La iniciativa que forma parte de la agenda de seguridad se encuentra en su proceso de trámite de promulgación, luego de ser despachada por el Senado. La idea es otorgar a las policías y el Ministerio Público una herramienta eficaz y efectiva para fortalecer la investigación de delitos.

Ya es ley la norma que permitirá a las policías y el Ministerio Público acceder al listado de pasajeros en vuelos nacionales. Ello, luego que la Sala del Senado despachara la iniciativa por unanimidad y sin modificaciones.

El texto legal apunta a otorgar un instrumento eficaz y efectivo al Ministerio Público y a las policías, para fortalecer la investigación de los hechos que pueden revestir el carácter de delito.

Para ello, estas instituciones podrán exigir a los transportadores aéreos la nómina de sus pasajeros y lugares de embarque y destino, tal como sucede en el transporte terrestre y el marítimo.

Según se indica en la página de la Cámara de Diputados, los imputados o condenados utilizan diversos medios de transporte para lograr sus huidas.

Y no tener un registro de quienes se trasladan al interior del país, impide establecer medidas de control eficientes para la prevención de delitos, se explica.

Así, se establece que toda aeronave que vuele con pasajeros sobre territorio nacional deberá llevar un listado de estos.

En el documento se deberán incluir sus nombres, el lugar de embarque y destino. Junto a esto, agrega que los transportadores aéreos deberán informar dichos datos al Ministerio Público o a las policías cuando así se requiera.

Asimismo, los datos de los pasajeros de los vuelos nacionales deberán estar disponibles hasta por cinco años.

Cabe destacar que esta iniciativa, si bien fue iniciada en moción, es decir, la presentó un grupo de parlamentarios, fue respaldada por el Ejecutivo.

De hecho, el Gobierno la incluyó dentro de los proyectos que forman parte de la Agenda de Seguridad que se tramita en el Congreso.