Este martes el Gobierno confirmó que propondrá un levantamiento parcial del Informe Valech a fin de trazar las trayectorias de los detenidos desaparecidos en el marco del plan de búsqueda que impulsa el Ejecutivo. Según detalló el ministro de Justicia, Luis Cordero, esta información será reservada y debe contar con el consentimiento de las víctimas o de sus herederos.

El ministro de Justicia, Luis Cordero, confirmó que propongan al Congreso un levantamiento parcial del Informe Valech, que reúne los testimonios otorgados por víctimas de la dictadura militar, en el marco de la conmemoración de los 50 años del Golpe de Estado.

Esto forma parte de la agenda legislativa en materia de derechos humanos que impulsa el Gobierno y que además contempla la calificación jurídica de ausente por desaparición forzada, tipificación de los delitos de desaparición forzada y ejecución extralegal, una política nacional de memoria y patrimonio, y la eliminación de la restricción respecto de un conjunto de leyes secretas.

¿En qué consiste el levantamiento parcial del Informe Valech?

Según informó el Gobierno, el levantamiento parcial del Informe Valech permite disponer, bajo reserva, de los antecedentes obtenidos en la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, para su análisis y sistematización como parte del trabajo de reconstrucción de las trayectorias de personas detenidas desaparecidas que llevará a cabo el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en cumplimiento del Plan Nacional de Búsqueda.

También abrirá la posibilidad de quienes hayan presentado su testimonio a citada comisión, o sus descendientes, poder solicitar el levantamiento de la moratoria respecto a su caso. Y en esa misma línea, resguardar la voluntad de aquellas víctimas que hayan presentado su testimonio, habilitando el acceso de los tribunales de justicia a testimonios específico.

Levantamiento se realizará de forma reservada y con consentimiento de víctimas

Sobre la iniciativa, el ministro Cordero explicó que con el levantamiento parcial el equipo ejecutivo del Plan Nacional de Búsqueda podrá tener acceso a la información contenida en los antecedentes del Informe Valech 1 y 2, en los mismos términos que lo tiene actualmente el Instituto Nacional de Derechos Humanos.

“La finalidad es poder cumplir con uno de los objetivos del plan y es trazar las trayectorias de cada una de las personas detenidas y hechas desaparecer. De modo que esa información pueda ser revelada en el evento en que se encuentren hallazgos relevantes, previo consentimiento de las víctimas o sus herederos”, añadió.

También recalcó que todo se realizará cuando “las personas decidan voluntariamente alzar ese secreto en los mismos términos que ha venido sucediendo en la actualidad… actualmente se han requerido aproximadamente un poco más de 8.000 carpetas con sus testimonios y sus antecedentes”.

El ministro explicó que este levantamiento sólo se puede hacer mediante un proyecto de ley y al ser consultado respecto a si contarán con los votos suficientes para su aprobación, respondió que “hay una razón de persuasión suficiente para que así sea”.

“El Plan Nacional de Búsqueda requiere de mucha información, la que se encuentra acá es una información más, pero el Plan Nacional de Búsqueda es autónomo en sí mismo”, aclaró el titular de Justicia.

En tanto, en lo que respecta a la información que tienen las Fuerzas Armadas, Cordero dijo que “han entregado información específica, y que les son requeridas por los jueces, pero también, como hemos señalado con anterioridad, tenemos perfecto conocimiento, o perfecta claridad, que en este país hay personas que aún disponen de información, y esa interpelación es permanente para que esa información sea entregada”.

En cuanto al mecanismo que se usará para el levantamiento de los antecedentes, detalló que “supone una modificación legal para efectos de unas reglas similares a las que existen en el caso del Instituto Nacional de Derechos Humanos, con una obligación adicional, solo con el fin de que sean tratadas para efectos del uso del Plan Nacional de Búsqueda para las trayectorias de personas detenidas y aparecidas. Lo demás es regular lo que actualmente ya se está utilizando y están realizando los jueces en los requerimientos de información”.