Este lunes comenzó la votación en particular de Ley de Usurpaciones en la Comisión de Seguridad Ciudadana, proyecto que castiga con cárcel ocupaciones ilegales.

La Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados y Diputadas se encuentra tramitando y votando en particular la Ley de Usurpaciones con la propuesta del Ejecutivo, es decir, nueve páginas de documento.

Lo que principalmente plantean es la generación de condiciones para que prever exista, una defensa legítima, tal y como está planteada en el proyecto de ley, pero no privilegiada, eliminándose elementos para que se haga una diferenciación en las penas por los delitos contra las cosas y contra las personas.

A esto se suma la necesidad de incluir dentro del título de la ley, que sea el proyecto de ley de usurpaciones y también de ocupaciones ilegales.

Esta extensión es para separar el concepto de la propuesta de la situación de La Araucanía, entendiendo que el tema de usurpaciones es más propia de esa zona.

Este debate político inició durante la tarde de este lunes, donde el diputado Jorge Alessandri (UDI) dijo que esta no será la única sesión de esta semana que se va a citar para votar en particular el despacho de la iniciativa, que cuenta con la resistencia del oficialismo, sobre todo en lo que se trata de definir la usurpación como un delito de ejecución permanente y que tenga defensa legítima privilegiada que pueda generar enfrentamientos entre civiles.

Indicaciones presentadas por el Ejecutivo

En resumen, las indicaciones presentadas por el Ejecutivo son las siguientes:

1. Se eliminan normas que favorecen la autotutela y los enfrentamientos entre civiles: norma sobre legítima defensa privilegiada y norma que permite detenciones ciudadanas (“flagrancia permanente”).

2. Se modifica el delito de usurpaciones agravadas del art. 457. Se aumenta la pena a pena de cárcel, se agrega “intimidación” a la “violencia” que ya existe, pero se eliminan las palabras “transitoria” y “fuerza en las cosas” que ampliaban excesivamente la figura agravada. En reemplazo, se modifica el delito de daños agravados para incorporar los daños causados durante una ocupación, a objeto de que reciban mayor pena dichos delitos (art. 485 CP).

3. Se elimina el marco penal rígido para las usurpaciones (prohibición de bajar del grado de pena por atenuantes). Contraviene la regla general de determinación de penas, resultando desproporcionada y posiblemente inconstitucional, en relación con otros delitos más graves.

4. Otras mejoras de redacción de otras normas para hacerlas más determinadas o más operativas.

Revisa las indicaciones del Ejecutivo a la Ley de Usurpaciones