La Corte de Santiago rechazó recursos de protección presentados por empresas inmobiliarias en contra del Ministerio de Agricultura y del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) por la circular que fijó nuevos criterios en el otorgamiento de permisos para la subdivisión de predios rústicos, denominadas “parcelas de agrado”.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó recursos de protección presentados por empresas inmobiliarias en contra del Ministerio de Agricultura y del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) por la circular que fijó nuevos criterios en el otorgamiento de permisos para la subdivisión de predios rústicos, denominadas “parcelas de agrado”.

La Novena Sala del tribunal de alzada descartó un actuar arbitrario de las autoridades al fijar los criterios para otorgar los permisos respectivos.

“Los jefes superiores de los servicios, en su carácter de tales, para dar cumplimiento de sus cometidos y para dirigir a sus subalternos, deben entregar instrucciones y la forma de hacerlo es precisamente a través de actos administrativos, como son las circulares y oficios”, dice el fallo.

“De proceder del modo que piden los recurrentes, ello sí constituirían un grupo privilegiándolos dueños de predios rústicos que pretenden la subdivisión de los mismos-, pues, solo con tener la calidad de tales, y cumplir dos requisitos- los que se han señalado precedentemente dejaría de cumplirse todo el resto de la normativa vigente, al que se encuentran obligados, todos los dueños de inmuebles, sean o no rústicos, con aptitud comercial, habitacional o industrial; tales como normas ambientales, ley indígena, ley de bosques, etc”, agrega el fallo.

La sentencia continúa: “Que, despejada la circunstancia que las recurridas estaban facultadas para dictar los actos impugnados; tampoco dichos son arbitrarios, pues basta su lectura para constatar que se encuentran debidamente motivados, como lo exige, además, el artículo 41 de la ley N°19.880”.

“Que, en último término, tampoco existe un derecho indubitado en favor de las recurrentes que esta Corte deba resguardar y por el cual deba adoptar medidas en su favor”, concluye.

Este caso se remonta a julio pasado, cuando el ministro deAgricultura, Esteban Valenzuela y el SAG entregaron un instructivo sobre loteo de predios, estableciendo una serie de condiciones para la subdivisión de predios y limitando esta práctica, lo que molestó al negocio inmobiliario.

Tras la publicación de este instructivo, en agosto pasado las inmobiliarias presentaron un recurso de protección, pues consideraban ilegal las medidas tomadas por el gobierno, lo que fue descartado por la justicia.