El juez Daniel Urrutia apeló a la resolución que declaró inadmisible la querella presentada contra 19 ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago y una de la Corte Suprema. En concreto, acusa que los involucrados revocaron -sin apelación alguna- una de sus resoluciones vinculadas al denominado estallido social, por lo que se estaría en presencia del delito de prevaricación.

El juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Daniel Urrutia, apeló a la resolución que declaró inadmisible la querella presentada contra 19 ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago y una de la Corte Suprema.

Esta acción fue interpuesta por el presunto delito de prevaricación. En concreto, Urrutia acusa que los jueces revocaron -sin apelación alguna- una de sus resoluciones vinculadas al denominado estallido social.

Aquella resolución dejó en libertad a 13 jóvenes que habrían pertenecido a la “primera línea”, quienes se encontraban en prisión preventiva.

Los ministros no sólo suspendieron sus efectos, sino que se abrió un sumario en contra de Urrutia, quien fue suspendido y trasladado a un Juzgado de Cobranza.

Juez Urrutia: querella fue declarada inadmisible

Luego de presentarse esta querella, los acusados apelaron e indicaron que no puede un juez convertirse en víctima por el solo hecho que se le suspenda, revoque, anule o modifique una resolución.

La acción fue declarada inadmisible por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago la semana pasada, por lo que la defensa de Urrutia insistió.

Su abogada, María Izquierdo, sostuvo que “la apelación se basa en varios argumentos. Uno de ellos es que la resolución apelada confunde el concepto de víctima con el orden de prelación para deducir querellas de la resolución recurrida, exigencia que no está contemplada en la ley”.

“Que mi representado debió invocar debidamente el daño ocasionado, lo que no es una exigencia o requisito para interponer querellas”, agregó.

Asimismo, afirma que “el otro argumento para declarar inadmisible la querella es que no indica razones por las que el querellante no es víctima, lo que tampoco es una exigencia legal”.

Revisa la apelación presentada por la defensa del juez Urrutia: