La Defensoría de la Niñez cuestionó varias de las medidas tomadas por el Gobierno tras el boicot a la PSU a principios de esta semana, afirmando entre otras cosas que la Ley de Seguridad del Estado no es aplicable a menores de edad.

El organismo se refirió a estos hechos, tras constatar “la manifiesta incapacidad del Estado, a través de los organismos competentes, de asegurar el proceso de selección universitaria año 2020”, indicando también que esta jornada recibieron respuesta al oficio enviado al Demre este lunes.

Sin embargo, aseguraron que ésta vino sin la información solicitada, pidiendo la entidad dependiente de la Universidad de Chile que se le conceda el “máximo plazo legal” para entregarla, “situación que, evidentemente, impide la intervención institucional en favor de los/las afectados que tengan posibilidad de restituirse sus derechos vulnerados”.

Asimismo, “en relación a aquellos y aquellas jóvenes que se vieron obligados a rendir la PSU en condiciones no favorables a la concentración y tranquilidad que una prueba de esta naturaleza demanda, y que han solicitado la intervención institucional para poder rendir la PSU en condiciones debidas, solicitaremos al DEMRE, como organismo responsable del proceso, su inclusión en el grupo de jóvenes que tendrán acceso a la rendición de la PSU en la nueva fecha informada, esto es, 27 y 28 de enero próximos”, indicaron.

En la oportunidad, la Defensoría de la Niñez indicó que ejecutarán acciones judiciales para que los jóvenes menores de 18 años que no pudieron dar la prueba tras la decisión del Demre y el CRUCh de aularla tras el boicot “vean asegurada la igualdad ante la ley y tengan la posibilidad cierta de rendir una prueba que pudiera favorecer su situación de ingreso a la universidad, así como también, en algunos casos, concretar la debida rendición de dicha prueba como requisito atingente a algunas carreras universitarias”.

Junto con esto, rechazaron la advertencia del Gobierno sobre excluir del proceso a los menores que participaron en el boicot.

“Como Defensoría de la Niñez velaremos por el resguardo y respeto efectivo del derecho al acceso a la educación de ellos y ellas como el de cualquier niño, niña o adolescente que viva en Chile, derecho contenido en la Constitución Política de la República y en tratados internacionales ratificados por Chile, que no puede ser infringido por decisiones administrativas ni reglamentarias y que, incluso, debe ser asegurado a quienes, habiendo sido condenados por la ley penal, se encuentran privados/as de libertad”, informaron.

Finalmente, aseguraron que la Ley de Seguridad del Estado no es aplicable a menores de edad en el país conforme a los estándares internacionales de derechos humanos.

Esto, por cuanto “respecto de las y los adolescentes, el mandato y obligación para Chile, en virtud de su ratificación, el año 1990, de la Convención sobre los Derechos del Niño, es la operación de una justicia especializada y específica para adolescentes”.

Ésta se encuentra contenida en la Ley N° 20.084, detallaron, “cuyos principios rectores y objetivos, partiendo por el resguardo efectivo del interés superior de los adolescentes, no se condice con la aplicación de la citada Ley de Seguridad Interior del Estado”.