En medio de la disputa legal que se avecina, luego de que -la ahora exsubcontralora- Dorothy Pérez denunciara un actuar ilegal del Contralor General de la República, Jorge Bermúdez, por la forma que utilizó para cesarla de su cargo, refloraton párrafos de un libro que escribió el propio Bermúdez, en los que de forma categórica sostiene la inamovilidad del cargo de subcontralor.

Como abogado especialista en Derecho Administrativo y profesor titular de la Universidad Católica de Valparaíso, Bermúdez escribió el libro “Derecho Administrativo General”, en el cuál se analizan, entre otras materias, las funciones del Estado, el concepto de Derecho Administrativo y el detalle de cómo se debe actuar administrativamente en la función pública.

La última edición del libro de Jorge Bermúdez, del año 2014, validado entre abogados, como consta en editoriales de diarios como El Mercurio, ha sido una guía para entender y actuar en la materia, por eso tras la polémica salida de Pérez cobra fuerza la precisión que entregó el propio Bermúdez, en la página 492, titulada “Contralor General de la República”, donde sostiene lo siguiente:

“El Contralor, junto con el subcontralor, goza de las prerrogativas e inamovilidad que se señalan para los miembros de los tribunales superiores de justicia. En efecto, el Contralor es inamovible y sólo puede ser removido de su cargo, como consecuencia de un juicio político; por notable abandono de sus deberes; por juicio de amovilidad, teniendo como causas las señalas para los ministros de la Corte Suprema, que debe ser tramitado de igual manera que para los ministros de los tribunales superiores de justicia, correspondiendo la remoción al Presidente de la República; y por renuncia”.

Párrafo que para los abogados corresponde a lo que en derecho se llama la doctrina o “teoría de los actos propios”, es decir que se prohíbe que una persona pueda ir contra su propio comportamiento mostrado con anterioridad para limitar los derechos de otra.

La teoría escrita por Jorge Bermúdez fundó la posición de la subcontralora, Dorothy Pérez, al rehusar dejar su cargo el lunes pasado.

Sin embargo, el número uno de la Contraloría General de la República ha sostenido que el puesto de subcontralor corresponde a un cargo de confianza, por ende, aplica poder remover a quien se desempeñe en esa función a través de un acto administrativo.

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