Este martes, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección de una ciudadana extranjera y ordenó al Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior tramitar el refugio político para esta.

En fallo unánime, el Tribunal estableció que hubo actuar arbitrario por parte de dicho departamento al denegar el refugio de la ciudadana cubana, sin antes analizar los antecedentes ni informar a quien solicitó el refugio sobre los trámites que debía realizar para formalizar la petición.

“El funcionario que atendió a la solicitante de refugio por motivos políticos no proporcionó a la recurrente una explicación satisfactoria acerca de los trámites que debía realizar para dar el debido curso a su solicitud, limitándose este a decir que ‘no aplicaba su caso para refugio"”, señala el fallo.

En ese sentido, desde la Corte indicaron que la atención que recibió la ciudadana extranjera fue deficiente y que no cumplió con el concepto de “igualdad ante la ley”.

“La norma (debe ser) igual para todos aquellos que se encuentran en una misma situación, pero al proceder de la manera como se ha referido por un funcionario público, sin que este haya proporcionado a la usuaria la información pertinente ni menos la haya orientado acerca de los pasos a seguir para el debido procesamiento de su solicitud, ha vulnerado la garantía constitucional señalada precedentemente”, concluye.