A través de sus redes sociales, la participante de ‘Fiebre de Baile’, Cony Capelli anunció la decisión del Consejo Nacional de Televisión (CNTV) ante las denuncias que recibió el organismo por los dichos de Daniela Aránguiz contra la bailarina.
Fue en septiembre que la “Cara de cuica” recibió más de 200 denuncias por decirle “drogadicta” a la ganadora de ‘Gran Hermano’.
“Yo creo que un mal ejemplo a seguir es ser una mentirosa como tú, que dices que superaste tus adicciones y te tienen que sacar arrastrando de las discotecas. Eres una drogadicta“, lanzó.
Esto le valió cientos de reclamos no solo a la figura de la farándula, sino que también al programa del que es panelista ‘Sígueme’ y al respectivo canal, TV+.
Por ello, en un documento publicado por Capelli se lee: “Por la unanimidad de los Consejeros presentes, acordó formular cargo en contra de TV Más SpA por la emisión del programa ‘Sígueme’ el día 25 de septiembre de 2025, por presuntamente infringir el correcto funcionamiento de los servicios de televisión”.
Sobre lo que agregaron: “Por el tratamiento denigrante realizado por Daniela Aránguiz que podría afectar la dignidad de Constanza Capelli, pudiendo además resultar comprometido el proceso formativo de la personalidad de los menores de edad presentes al momento de la emisión de los contenidos fiscalizados, atendida la especial naturaleza de los mismos, que permiten presumirlos como inapropiados para ser exhibidos en horario de protección de menores”, concluyeron.
Mientras Cony Capelli solo tuvo palabras de agradecimiento para sus seguidores por haber hecho las respectivas denuncias, Daniela Aránguiz ha mantenido silencio respecto a la decisión del CNTV.
Cabe mencionar, que esta decisión del consejo podría marcar precedente, pues no es la primera vez que la ex ‘Mekano’ es objeto de reclamos ante el organismo.
Sin ir más lejos, en agosto ‘Primer Plano’ recibió casi 2 mil denuncias por “maltrato” de parte de Aránguiz a la periodista María Paz Arancibia. No obstante, en esa ocasión aseguraron “no vislumbrar antecedentes suficientes”, por tanto, optaron por “no incorporar procedimiento sansonatorio (contra Chilevisión) por los contenidos fiscalizados y archivar los antecedentes”.