Las boletas de los tres principales servicios básicos: electricidad, gas y agua potable, incluyen datos fáciles de comprender, como los relativos al cliente y su vivienda, la comparación de consumo con meses anteriores y ciertos gastos fijos, sin embargo, otros cobros, que incluyen variables, pueden no quedar tan claros. Por eso, en esta nota te explicamos de qué se tratan los ítems de cobranza en las facturas y en qué casos opera la prorrateo de deudas por la pandemia del covid-19.

Mes a mes, por correo físico o electrónico, llegan a nuestro hogar las boletas que especifican los cobros de los servicios básicos, como el agua potable, la luz o el gas natural.

Los documentos suelen incluir, además del detalle a pagar, los datos del cliente, su dirección, el periodo de facturación de la boleta, un resumen de consumo del último año y los datos del medidor respectivo y su diferencia con el mes anterior.

Para entender y no tener problemas de cálculos a fin de mes, en BíoBíoChile te explicamos qué son los cobros descritos en las boletas de las empresas de servicio de gas, agua y electricidad.

Detalle de cobros en las cuentas de luz

Los detalles y cobros que puede realizar una empresa que presta servicios eléctricos está determinado por la Ley General de Servicios Eléctricos.

Todas las boletas de la luz tienen los datos anteriormente mencionados, desde el número del cliente hasta la diferencia con el mes anterior en el medidor. La minucia de los cargos de cada cuenta mensual de energía eléctrica es la siguiente:

– Administración del servicio: Es un monto fijo que se cobra por los gastos de administración, facturación y atención al cliente, independiente del consumo de electricidad. Suele variar entre los $600 y los $1.200.

– Electricidad consumida: Como su nombre lo dice, es la cantidad de electricidad que se consumió en el periodo de facturación. El documento muestra el cobro en relación con los kWh consumidos, una unidad de medida que expresa el consumo de energía. Para tener una idea, un refrigerador estándar consume durante un mes aproximadamente 37 kWh; 4 ampolletas eficientes, 2 Kwh; y un televisor LED de 32 pulgadas, 7,5 Kwh.

– Transporte de electricidad: Es el monto que se paga por el uso de las torres y subestaciones que trasladan la electricidad y depende de la cantidad consumida. Este cargo es regulado por la Comisión Nacional de Energía, y está afecto a variaciones por indicadores externos, como el precio del dólar.

– Devolución por facturación provisoria: Es un reajuste por cobros en los meses anteriores, por lo que se resta al cobro total que aparece en “electricidad consumida”.

– Otros cobros: Existen otros montos que dependerán de cada cliente y de su estado de pago. Por ejemplo, la boleta de luz puede incluir el monto de intereses o un saldo adeudado si existió un atraso en la cancelación de la cuenta. También podría haber un cobro por arriendo de medidor, solo en ciertos casos.

Detalle de Boletas  de agua electricidad gas
Detalle de cuenta | CGE
Detalle de cuenta de luz
Detalle de cuenta | CGE

Cobros por reposición de suministro

Cabe destacar que en el 2017, se puso fin al cobro individual del servicio de “corte y reposición” de energía eléctrica.

De acuerdo a la Ley de Equidad Tarifaria en servicios eléctricos, el pago por Corte y Reposición de la luz será incluido como parte de la tarifa general y no se incorpora como un ítem aparte en la boleta de consumo.

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Detalle de la boleta del servicio de agua

La Superintendencia de Servicios Sanitarios explica que el consumo de agua potable y el servicio de alcantarillado de aguas servidas, pueden ser cobrados por las casi 20 empresas de servicios sanitarios que existen en Chile.

Al igual que en las boletas de luz, la del agua incluye un número de cliente, la dirección, el periodo de cobro y el valor a pagar, en la parte principal. Más abajo se explica cada ítem que tiene un cobro particular:

– Cargo fijo: Es un cobro que se efectúa independiente de que exista o no consumo, según la Compañía General de Electricidad (CGE). Es único para todos los clientes, de acuerdo a su grupo tarifario, y se asocia a los servicios administrativos y comerciales de la compañía. Su valor varía entre el 1% y el 4% del total, dependiendo de la empresa proveedora.

– Agua potable: Es el valor de los servicios relativos a producir y distribuir el agua potable por las redes entre la empresa y los hogares.

– Recolección aguas servidas: Se refiere al cobro por el servicio de recolección de las aguas servidas (residuales), retiradas desde las viviendas y transportadas a través del alcantarillado público, hasta las plantas de tratamiento.

– Tratamiento aguas servidas: Este proceso químico y biológico se realiza para limpiar el agua recogida y volverla, generalmente, a un curso natural.

Las boletas de agua también exhiben el consumo en metros cúbicos(m³) e informa en el mismo documento el valor de cada unidad de volumen, dependiendo de si es hora punta o no y de si existe sobreconsumo.

Detalle de Boletas  de agua electricidad gas
Detalle de boleta del agua | Aguas Andinas
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Detalle de boletas del gas natural

Adicional a los elementos presentes en las boletas de agua y luz, la del gas domiciliario, en su apartado de “detalle de cuenta”, muestra:

– Gas consumido: Cantidad de metros cúbicos consumidos según la lectura registrada por el medidor. El valor del m³ dependerá de los diferentes niveles de consumo de una vivienda y fluctúa entre los $1.230 y $2.100.

– Cargo fijo por administración de servicio: Pago relacionado con la administración y mantención del servicio de medidores y aplicable a todos los clientes.

– Factor de estandarización: Para calcular el precio consumido, se resta la lectura del medidor del mes anterior, a la actual, y luego se multiplica por el factor de estandarización. Este es un número calculado en base a la presión, temperatura y valor calorífico del gas.

Detalle de cuenta de gas
Detalle de cuenta de gas | Abastible
Boletas  de agua electricidad gas
Detalle de cuenta de gas | Abastible

¿Qué pasa con los cobros de la Ley Corte de Servicios Básicos en boletas de agua, luz y gas?

A mediados de 2020 se aprobó la ley que regulaba el corte de servicios básicos por mora de saneamiento, gas y electricidad, durante la pandemia, como medida “excepcional”, para aliviar la carga económica de las personas afectadas.

Más tarde, en enero del 2022, se creó la norma para resolver el pago de estas cuentas atrasadas con la opción de un prorrateo de hasta 48 cuotas mensuales.

Además, no se cobrará más allá del 15% del consumo promedio y tampoco de cierta medida: 15 metros cúbicos para el agua, lo que equivale a una cuenta aproximada de $20 mil; y 150 kilowatts para la electricidad ($38 mil mensual, aproximadamente), gracias a un subsidio del Gobierno.

Eso sí, el último beneficio, solo se aplica al suministro de luz y agua, no así, el de gas, para el 70% de las familias que debieron suspender el pago de sus cuentas. También, al 30% de las familias de más alto consumo, según la iniciativa legal.

Los cobros de las cuotas de los saldos adeudados producto de la pandemia, deben venir indicados en las boletas de los servicios básicos, de forma específica. De igual modo, si existiese un descuento por el mencionado subsidio, también se debe indicar en el documento.

¿Cuáles son los requisitos para acogerse a la Ley?

La ley establece que solo podrán acogerse al beneficio -que aparecerá en las boletas- los clientes de los servicios de agua y luz (no de gas), que cumplan con, al menos, uno de los siguientes requisitos:

  • Encontrarse dentro del 80% de vulnerabilidad, de conformidad al Registro Social de Hogares.
  • Tener la calidad de adulto mayor, de acuerdo a la ley N° 19.828.
  • Estar percibiendo el seguro de desempleo.
  • Estar acogido a alguna de las causales que faculta el acceso a prestaciones del seguro de desempleo, en circunstancias excepcionales, ya sea por la suspensión de la relación laboral o por la celebración de un pacto de reducción temporal de jornada.
  • Ser trabajador independiente o informal, y expresar, mediante declaración jurada simple, que está siendo afectado por una disminución significativa de ingresos que justifica el acceso a los beneficios.