El Gobierno, a través del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), informó de un nuevo llamado para que los sectores medios postulen al Subsidio de Arriendo entre el 17 de julio y el 16 de octubre de 2018.

El beneficio está destinado a familias vulnerables y de sectores medios, allegadas y arrendatarias, que necesitan una solución habitacional flexible por un tiempo determinado.

Como en versiones anteriores, también considera a los extranjeros que residen en Chile y que posean cédula de identidad vigente.

En específico, está dirigido “al 70% más vulnerable de la población y que sean capaces de realizar un desembolso mensual destinado a pagar un arriendo”, detalló el Minvu en su sitio web.

Requisitos

-Tener más de 18 años de edad durante el año del llamado (postulantes nacidos hasta el año 2000 inclusive).

-En el caso de postulantes extranjeros, deben presentar la cédula de identidad para extranjeros vigente.

-La conformación del núcleo familiar debe contemplar, además del postulante, al menos a su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo.

-En caso de postulante adulto mayor, mayores de 60 años cumplido el año calendario de la postulación, (nacidos hasta el año 1958 inclusive) no es requisito contar con núcleo familiar.

-Pertenecer al 70% más vulnerable de la población, de acuerdo a la calificación socioeconómica vigente.

-Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF al día de la postulación. Se aceptarán comprobantes de depósito con máximo 30 días de antigüedad. La cuenta debe estar a nombre del postulante, su cónyuge o conviviente civil.

-Declarar el monto total del ingreso mensual del núcleo familiar, incorporado a su declaración de núcleo. Este debe ser de al menos 7 UF y no exceder las 25 UF. Por cada integrante del núcleo familiar que exceda de tres, el ingreso máximo mensual del grupo familiar se incrementará en 8 Unidades de Fomento.

Minvu
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Además, el Minvu indicó que para acceder a este Subsidio de Arriendo el postulante o algún integrante del grupo familiar declarado no debe encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

-Ser propietario o asignatario de una vivienda, infraestructura sanitaria, o de un sitio.
-Ser beneficiario de un subsidio habitacional o tener certificado de subsidio habitacional vigente.
-Que se encuentre postulando a este o cualquier otro programa habitacional.
-Que haya sido declarado como integrante de un grupo familiar beneficiado por el programa de arriendo.

El apoyo consiste en un subsidio de hasta 3,2 UF mensuales hasta completar su valor total de 170 UF, beneficio que puede ser utilizado de manera consecutiva o fragmentada en un plazo máximo de 8 años, para ser destinado al pago de una renta de arrendamiento.

Asimismo, el Minvu subrayó que “el contrato de arriendo podrá ser de un monto mensual de hasta 9,2 UF y que el valor del subsidio se ajusta de manera que no supere el 80% de la renta acordada”.

Para conocer más detalles puedes ingresar a este enlace.