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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La justicia confirmó que Forestal Aurora SpA cometió elusión fiscal al aprovecharse de una tasa reducida de impuestos, generando una deuda de más de $3 mil millones. Este caso marca el primer fallo de una Corte de Apelaciones respecto a la Norma General Antielusión. La empresa intentó rebajar su carga tributaria de forma indebida, pero la Corte de Apelaciones de Concepción respaldó al Servicio de Impuestos Internos (SII). Según el tribunal, la creación de una entidad financiera internacional por parte de la empresa fue únicamente con propósitos fiscales.

La justicia ratificó que una empresa forestal incurrió en elusión mediante el uso indebido de una tasa rebajada, lo que terminó en una diferencia de impuestos que asciende a más de $3 mil millones, más reajustes, intereses y multas, según el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Esto constituye, a su vez, en el primer fallo dictado por una Corte de Apelaciones sobre aplicación de la Norma General Antielusión.

Se trata de la Forestal Aurora SpA, que en marzo de 2024 fue acusada por el Tribunal Tributario Aduanero del Bío Bío y Ñuble, de rebajar su carga tributaria en forma indebida. Tras esto, la empresa acudió a la Corte de Apelaciones de Concepción, quien falló a favor de la posición del SII y rechazó los recursos presentados.

La sociedad chilena Forestal Aurora, se reportó, fue constituida el 24 de marzo de 2016 con un único accionista, llamado “New Growth Chile LLC (NG USA)”, una sociedad con domicilio en Delaware, Estados Unidos.

NG USA, a su vez, es una sociedad controlada por New Growth LLC, sociedad también constituida en EEUU (NG Holding).

Al operar en Chile, por tanto, debe tributar en suelo nacional.

Forestal eludió impuestos y dejó un perjuicio por más de $3 mil millones

Según explicaron mediante un comunicado, el tribunal reiteró que la Forestal ocupó de una tasa de impuesto adicional del 4%, sobre el pago de intereses a una institución financiera internacional -creada por la misma empresa-.

En este sentido, la Corte de Apelaciones concluyó que la constitución de la entidad financiera tuvo fines meramente tributarios.

La directora (s) del SII, Carolina Saravia, dijo que “como Servicio, utilizaremos todas las herramientas que nos entrega legislación vigente en Chile para combatir la evasión, la informalidad y la elusión, que impactan negativamente en nuestra sociedad”.

“Este fallo es una señal muy clara de que como país no aceptaremos conductas que lesionen el sistema tributario y además es un reconocimiento al trabajo técnico desarrollado por nuestros equipos, que ha permitido detectar a quienes, con el único fin de obtener ventajas indebidas, usan esquemas tributarios para eludir el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias”, agregó.

Por su parte, el subdirector jurídico del SII, Marcelo Freyhoffer, también resaltó que “el fallo de la Corte confirma que en este caso, la elusión tributaria se configura por la ‘artificiosidad’ de la creación de una institución financiera internacional por parte de la misma empresa, que no tuvo sentido más allá del meramente tributario”.