Al ingresar a la plataforma del SII, se informará automáticamente si la empresa puede acceder al subsidio y el monto del beneficio correspondiente.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que las Micro, Pequeñas y Medianas empresas (MiPymes) ya pueden solicitar el Nuevo Subsidio al Sueldo Mínimo.

Lo anterior también corre para las cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (como fundaciones) y comunidades.

La solicitud se puede realizar online en www.sii.cl.

El Nuevo Subsidio al Sueldo Mínimo es un beneficio que entrega un apoyo para el pago del sueldo mínimo establecido en la Ley N°21.578.

“Todas las Mipymes que cumplan los requisitos deberán solicitar este subsidio una sola vez, desde el 20 de junio, a través de la plataforma disponible en sii.cl”, explicó el Servicio.

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Recibirán el subsidio 15 días después de aceptada la primera solicitud.

En los siguientes meses y hasta abril de 2025, el beneficio se depositará automáticamente.

Las empresas que recibieron el subsidio anterior (Ley N°21.456), deben realizar nuevamente la solicitud para acceder al nuevo beneficio.

Requisitos

Pueden obtener el subsidio las Mipymes que:

-Tengan inicio de actividad en Primera Categoría antes del 8 de mayo de 2023 (las empresas que inicien actividades desde el 8 de mayo podrán acceder desde septiembre de 2023, si cumplen los requisitos), como persona natural o jurídica, incluidas las cooperativas.

-Las ventas y servicios del giro deben ser superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en 2022.

-Tengan 1 o más trabajadoras o trabajadores con sueldo mínimo o con ingreso imponible entre 411.000 y 500.000, de acuerdo al período contemplado en la Ley.

-Sean persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 8 de mayo de 2023.

Los montos del subsidio fueron definidos por ley de la siguiente manera:

Al ingresar a la plataforma del SII, se informará automáticamente si la empresa puede acceder al subsidio y el monto del beneficio correspondiente.

El cálculo del beneficio se basa en la información entregada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), respecto del número de trabajadoras y trabajadores y su sueldo.

Esta información es entregada al SII con un desfase cercano a los dos meses, por lo que, a través de la plataforma del Servicio, se informará la fecha de actualización de los datos utilizados en cada solicitud.

Para verificar si los ingresos de la Mipyme son mayores a 0,01 UF e iguales o menores a 100 mil UF, se consideran los ingresos obtenidos y registrados o declarados en la Declaración de Renta 2023, o los Formularios 29 de Declaración Mensual de Impuestos (IVA), o el Registro de Compras y Ventas, o las boletas de honorarios electrónicas (para sociedades de profesionales de primera categoría).

La información completa se puede revisar en www.sii.cl