El 9º Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda interpuesta por una artista visual en contra de la empresa Viu Manent y Cia Ltda. por el uso no autorizado e intervención de su ilustración en etiquetas de vino.

El tribunal acogió la causa y ordenó a la viña cesar el uso de la obra y pagar una indemnización de 8 mil UTM ($386.440.000) a la reconocida artista plástica Catalina Abbott Kramer.

La artista ha marcado su trayectoria local y en el extranjero desde 1986 e incluso ha sido premiada como una de las 100 mujeres líderes de Chile. Desde 2003, desarrolló una serie de ilustraciones para la variedad de vinos “Secreto” de la empresa demandada.

Viu Manent Winery | Instagram
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Entre copas

Un detalle no menor es que Catalina Abbott fue amiga de los hermanos José Miguel y Lorena Viu Bottini, propietarios de la viña Viu Manent.

Luego de que la artista desarrollara las ilustraciones para “Secreto”, ésta recibió una “suma simbólica” de $1.200.000 por una de ellas, producto de la estrecha relación que existía entre las partes.

No obstante, Abbott no esperó ver el uso ilegítimo de su obra para la botella de Cabernet Sauvignon. Y en cambio, la demandada continuó utilizándola de forma extensiva: en gigantografías, publicidad e incluso una estructura donde a una de las figuras se le cortó la cabeza para que las personas pudiesen tomarse fotografías. En otra ocasión se le añadió un gorro de “viejo pascuero” y se le cambió la sonrisa, etc.

Captura del fallo | Poder Judicial
Captura del fallo | Poder Judicial

La delgada línea

“Pareciera existir una delgada línea entre vender una ilustración para fines de disfrute estético y vender una ilustración para etiquetas de vino, más cercano tal vez a un ‘diseño conceptual’, que eventualmente puede ampliarse y adaptarse a las necesidades de provecho económico o explotación comercial, cuya lógica para el adquirente es agregar valor a su producto para hacerlo más atractivo al público y en ese sentido se considera ‘dueño’ de la obra”, dice el fallo.

La justicia explicó que independientemente del destino de la obra y el soporte utilizado, ésta es una “creación pictórica” y queda protegida por ley, como las “pinturas, dibujos, ilustraciones y otros similares”.

El fallo añade que asociar el nombre del creador a su obra, tiene además un doble alcance: “reivindicar la autoría y por otro proteger su prestigio”.

“No es posible adscribir una obra deformada que se aparta de la identidad del artista a éste, pues gozará de un prestigio inmerecido”, sentencia. Al respecto, señala que considerar el nombre de la demandante en dichas expresiones (alteradas, mutiladas y/o con elementos añadidos) es una falta grave a la “maternidad” de la obra.

Su obra es característica, basada en la construcción de un lenguaje a través del uso de colores, formas y determinadas figuras” dijo la defensa de Abbott. Por tanto, advirtió que su creación es “identificable, de rasgos peculiares y la esencia de su personalidad”.

Indemnización

El tribunal concluyó que la empresa debe cesar el uso de la obra sin autorización y pagar a la demandante la suma que supera los $386 millones por daños materiales y morales. Esto es, 2 mil UTM por cada infracción: a los derechos de reproducción, comunicación pública, a la integridad de la obra y paternidad de la misma.

Además, dictaminó que la viña deberá publicar un extracto de la sentencia en un diario de la región Metropolitana y junto con ello, pagar las costas del juicio.

Viu Manent Winery | Instagram
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