La Corte Suprema rechazó un recurso de queja, pero actuando de oficio confirmó la multa de 200 UTA (Unidades Tributarias Anuales) aplicada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a DirecTV Chile por exhibir en horario de protección una película calificada para mayores de 18 años.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros María Eugenia Sandoval, Ricardo Blanco, Arturo Prado, Julio Miranda y Juan Manuel Muñoz Pardo– confirmó la sanción aplicada a la empresa de televisión satelital por la emisión del filme “Above the Law. Nico”, en horario matinal, el 27 de abril de 2017.

“En el proceso resultó establecida la existencia de la infracción a las normas ya transcritas, cometida por Directv Chile Televisión Limitada, al emitir dentro del horario de protección una película calificada para mayores de 18 años”, sostuvo el fallo.

“De ser efectivas las circunstancias esgrimidas por la empresa, relativas a la imposibilidad de editar los programas exhibidos, a la herramienta de control parental que tiene a disposición de los contratantes y otras que expone en su escrito de apelación, ellas sólo permitían aplicar, dentro del rango legal, una multa menor, pero nunca una sanción distinta a la expresamente establecida por el legislador para este tipo de infracciones, ni siquiera a pretexto de que ella resulta desproporcionada para el caso concreto o que así haya sido solicitado por la reclamante”, remarcó.

Por tanto, se invalidó la resolución del 12 de diciembre de 2017 -que confirmó la sentencia acordada por el CNTV el 11 de septiembre de ese mismo año y rebajó la multa al carácter de amonestación- y restituyó el castigo de 200 UTA (115,5 millones de pesos) establecido inicialmente.