Ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) se realizaron los alegatos finales por el requerimiento por colusión presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), en enero de 2016, contra Cencosud, SMU y Walmart por supuestamente haber participado en un acuerdo para fijar, por medio de sus proveedores, un precio mínimo de venta de la carne de pollo fresca -al menos- entre 2008 y 2011.

En su alegato, el subfiscal Económico Nacional, Mario Ybar, presentó una serie de correos electrónicos que darían cuenta del presunto pacto. Dentro de ellos, expuso uno de la supermercadista de Horst Paulmann enviado a Agrosuper que señalaba: “No aceptaré diferencia de criterios frente a mis competidores, o todos publicamos sobre el costo o todo podemos hacer lo que queramos”, decía.

Así, Ybar unió los argumentos expuestos en los mails de las cadenas, a la explicación que recibió de parte del académico de la Universidad de Cambridge, Okeoghene Odudu, uno de los mayores expertos en casos hub and spoke, quien detalló que un acuerdo horizontal entre competidores se configura cuando un “distribuidor acuerda con un proveedor que los productos entregados no se venderán bajo un determinado precio, pero, a su vez, dicho acuerdo está condicionado a que otros distribuidores abastecidos por el mismo se obliguen a no revender por debajo de ese nivel de precio”.

Lee también: FNE presenta informes internacionales para probar colusión de supermercados en Chile

De esta forma, la autoridad de la FNE explicó que se habría establecido una supuesta regla de precio de venta público, la que habría estado sujeta al valor de lista común con que los proveedores vendían a los supermercados.

Pena máxima

Ante ello, Ybar pidió al TDLC que acoja íntegramente el requerimiento y que se multe con el máximo estipulado en la ley, 30 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA) al momento del supuesto delito, a las empresas.

Lee también: FNE pide millonaria multa para los supermercados acusados en la colusión del pollo fresco

Sin embargo, los proveedores de Cencosud, SMU y Walmart; Agrosuper, Ariztía y Don Pollo fueron sancionados por el TDLC en el denominado caso del “Cartel del Pollo” por la asignación de cuotas de producción con el rol central de la hoy disuelta Asociación de Productores Avícolas.

Lee también: Corte Suprema confirma multa sobre USD$60 millones por colusión de productoras de pollos

De hecho, a partir de las pesquisas de ese caso, surgen los indicios que actualmente persigue la FNE.

Víctimas del “Cartel del pollo”

Sin embargo, también de ahí nace uno de los argumentos clave de las cadenas: que los productores fueron quienes ejercieron una posición dominante contra los supermercados por medio del control de stock de pollo para estabilizar sus cuotas de producción, según dijo la abogada de Cencosud, Lorena Pavic.

Además, la FNE acusó a las cadenas de monitorear de forma cruzada los precios de su competencia para mantener el supuesto acuerdo, tanto con personal interno como externo.

“Falta de objetividad”

La representante de Walmart, Nicole Nehme, desestimó la “sistematicidad” de los correos expuestos por la Fiscalía Nacional Económica en el establecimiento de un acuerdo colusorio, al señalar que éstos corresponden no tienen relación ni entre las personas mencionadas, ni entre las áreas geográficas de los locales mencionados.

En tanto, el abogado de SMU, José Miguel Gana, acusó a la FNE de falta de objetividad en el caso y de querer obtener una sanción a “como dé lugar en un caso de cierta repercusión pública”.

Según la FNE, al cierre de 2011, Cencosud, SMU y Walmart sumaban en conjunto una participación de 92,5% en la industria supermercadista, con sus marcas Jumbo y Santa Isabel; Unimarc, Bigger, Mayorista 10, Maxi Ahorro, Alvi, Dipac y Comer; Hipermercado Lider, Lider Express, SuperBodega aCuenta y Ekono, respectivamente.

Por su parte, el Fiscal Nacional Económico, Felipe Irarrázabal, se inhabilitó del caso debido a que, previo a llegar a la entidad, realizó asesorías jurídicas a una empresa del grupo Cencosud.