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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Autoridades hacen llamado a empresas a respetar normativa laboral durante elecciones del 16 de noviembre. Será feriado legal y no todo el comercio podrá operar normalmente. En la misma línea, indicaron los tiempos para ir a votar -en el caso de aquellas personas que el domingo deberán trabajar- debe ser de tres horas como mínimo.

Autoridades del Ministerio del Trabajo, Dirección del Trabajo (DT), Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) y del Servicio Electoral (Servel) llamaron a las empresas y empleadores a respetar la normativa laboral el domingo 16 de noviembre, día en que se realizarán las elecciones presidenciales y parlamentarias.

Remarcaron que la jornada será un feriado legal y obligatorio para parte del comercio, y por lo mismo, explicaron qué comercios podrán funcionar ese día y los que deben permanecer cerrados.

En la misma línea, indicaron los tiempos para ir a votar en el caso de aquellas personas que el domingo deberán trabajar.

El proceso electoral contempla voto obligatorio.

Feriado legal y obligatorio para parte del comercio

La normativa vigente -que aplicará durante el proceso electoral del 16 de noviembre- precisa un carácter de feriado legal para quienes laboran en malls y strip centers administrados bajo una misma razón social.

Dichos recintos deberán permanecer cerrados durante toda la jornada electoral, desde las 21:00 horas del sábado 15 hasta, al menos, las 06:00 horas del lunes 17 de noviembre.

“En cambio, el resto del comercio -como supermercados, grandes tiendas o locales independientes- podrá operar con normalidad, siempre garantizando el derecho de las y los trabajadores a ejercer su voto”, sostuvo la DT.

Voto obligatorio

Las autoridades destacaron que todas las personas que deban trabajar ese día cuentan con un permiso mínimo de tres horas para sufragar, sin que ello implique descuento de remuneraciones ni represalias.

“Esta es una elección con voto obligatorio y las personas que no concurran a votar pueden estar sujetas a multas que van entre 0,5 y 1,5 UTM, o sea, puede superar los $100.000”, señalaron desde el Servel.

Por todo, desde la DT fiscalizarán el cumplimiento por parte de las empresas, que de no respetar cualquier aspecto de la normativa arriesgan multan de entre 3 y 60 UTM (entre $208.626 y $4.172.520, según el tamaño de la empresa.