Mediante indicaciones de último momento a la megarreforma ingresadas el jueves, el Gobierno amplió la rebaja en el impuesto corporativo, pasando del 23% previsto originalmente a un 22%.
Actualmente, el impuesto de primera categoría -pagado por las empresas- está establecido en un 27%.
La idea de rebajarlo ha sido defendida tanto desde el Ejecutivo como el mundo empresarial como una forma de dar impulso al crecimiento y favorecer las inversiones, al mismo tiempo que se establece una tributación en niveles más cercanos al promedio de la OCDE.
Gobierno ajusta la rebaja del impuesto a las empresas
Ahora bien, esta indicación también tiene implicancias para la eventual invariabilidad tributaria que propone el proyecto de Reconstrucción Nacional.
En simple y en general, la iniciativa busca dar un período de tiempo a nuevas inversiones durante el cual se mantendrá la tasa impositiva definida hasta ese momento y que, considerando que se aprobase la rebaja al impuesto corporativo, sería del 22%.
Tras unos ajustes mediante el acuerdo entre el PPD y el Gobierno, se añadieron nuevas exigencias en cuanto a montos, estableciendo distintas duraciones de la invariabilidad según el monto a desembolsar.
Y además, un punto que no estaba en el proyecto original sostiene que las compañías que se adhieran al régimen deberán pagar una sobretasa adicional permanente del 1,5% sobre el impuesto corporativo. En ese sentido, hasta antes de la citada indicación, pagarían un total de 24,5%.
Pero, con el ajuste a la baja en el impuesto corporativo, la nueva invariabilidad quedaría -sumando la sobretasa adicional- en un 23,5%, un punto menos de recaudación de lo previsto anteriormente.
Sobre el nuevo sistema proporcional para la invariabilidad, se propone que las inversiones entren US$50 millones y menores a US$100 millones, puedan acceder a una invariabilidad por 10 años. Si están en el rango entre US$100 millones y menos de US$350 millones, el período se amplía a 15 años, y en inversiones sobre US$350 millones, la invariabilidad será de máximo 20 años.
Si bien el acuerdo con el PPD estipulaba que la invariabilidad tributaria no iba a contemplar posibles cambios al royalty minero, las indicaciones del Gobierno señalan que en el caso de proyectos mineros que cumplan las condiciones para acceder a la invariabilidad, quedarán bajo las condiciones vigentes del royalty al momento de firmar el contrato respectivo.
Con ello, “no se verán afectados por el alza de la tasa, ampliación de la base de cálculo o cualquier otra modificación que se introduzca y que haga directamente más gravoso el referido impuesto”.
También se agregó que estas iniciativas no van a estar afectos a nuevos tributos específicos para esa actividad, “incluidas las regalías, cánones, contribuciones o cualquier otra carga similar”, además de modificaciones al monto o cálculo de las patentes de explotación y exploración.