La Corte Suprema rechazó un recurso de casación y ratificó que Corpbanca debe pagar una indemnización de millones de pesos por enviar antecedentes de una deuda de tarjeta de crédito al boletín Dicom.

La sentencia determina que no hubo infracción de ley en el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción que determinó que el banco es responsable por su actuar negligente al enviar los antecedentes del demandante al boletín Dicom por una supuesta deuda de tarjeta Visa, la que fue pagada al cerrar una cuenta corriente.

El hecho ocurrió en 2007, cuando Dimas García solicitó el cierre de su cuenta corriente de Corpbanca, acción que incluía el pago automático de la tarjeta Visa asociada a la misma cuenta.

En febrero de ese año Corpbanca le comunicó un saldo irresoluto de 8 mil 562 pesos en la tarjeta, el que fue objetado por el cliente y enviado a Dicom en el 2008.

La sentencia determina la responsabilidad del banco por la conducta negligente al enviar la deuda inexistente al boletín comercial.

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