A partir de las 21 horas de hoy viernes 30 de abril y hasta las 6 de la mañana del 2 de mayo, se aplica el feriado irrenunciable para los dependientes del área comercio con motivo del Día Internacional del Trabajador, que se celebra cada primero de mayo.

De la misma manera, el día festivo también se aplica para los trabajadores de casas particulares puertas adentro. En este sentido la Directora Nacional del Trabajo, María Cecilia Sánchez, explicó que el descanso puede trasladarse a a otra jornada, lo que tiene que ser pactado por escrito con el empleador, en un plazo que no puede otorgarse más allá de los noventa días posteriores al feriado.

Sánchez agregó que se dispondrá de un equipo de fiscalizadores con posterior al primero de mayo, con la finalidad de comprobar que se haya acatado con la medida. De todos modos, quienes sientan vulnerado su derecho, pueden acudir a la Dirección del Trabajo para presentar la denuncia.

La norma no se aplica a los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y aquellas que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.