Absuelto de todos los cargos, a pesar de reconocer que golpeó a la víctima, resultó Juan Inayao Millaquén, uno de los dos imputados por el homicidio de Héctor Iván Oyarzun Delgado, ocurrido la madrugada del 28 de diciembre de 2014 en la comuna de San Pablo, Provincia de Osorno.

El hecho quedó al descubierto luego que terceros encontraran a la víctima sin vida en las afueras del local de alcoholes El Español, con una estocada a la altura del corazón.

Cabe señalar que Inayao había sido detenido junto a su sobrino Juan Ramírez Acum, el que finalmente declaró ser el autor de la mortal estocada y permanece a la espera de una condena por parte la justicia.

Gerardo Norambuena, abogado defensor del autor material señaló que su representado desde el primer minuto reconoció que su tío no tenía participación, siendo él quien ataca con un arma blanca a Oyarzun Delgado, por lo que le reconoce la atenuante de colaboración sustancial.

Consultado sobre los argumentos entregados por los jueces para absolver al segundo imputado a pesar que este declaró haber golpeado en la cabeza a la víctima, Norambuena señaló que pasa por la premisa que las lesiones encontradas en el hombre son del tipo contusas cortantes, las que de ninguna manera podían ser ocasionadas con golpes de puño.

De esa manera, Inayao Millaquén, que permanecía en prisión preventiva desde el mismo 28 de diciembre de 2014, fue dejado en libertad, alzándose cualquier tipo de medida restrictiva, no así su sobrino quien permanecerá recluido en la cárcel de Osorno a la espera de sentencia. Si bien fiscalía mantiene la solicitud de 12 años de cárcel efectiva para Ramírez Acum, su defensor penal espera que el tribunal local reconozca la colaboración sustancial y su irreprochable conducta anterior.

De ser así son dos las posibilidades de rebaja de sentencia. Primero, si las penas se rebajan en un grado, arriesgaría una condena que parte en los 5 años y un día a 10 años de cárcel efectiva, mientras que en la segunda, de rebajarse dos grados, las penas oscilarían entre los 3 años y u día a 5 años -que es lo que solicita la defensa- y así optar a una libertad vigilada intensiva.