En poco más de un mes, la comisión de abogados convocados para perfeccionar la Ley Antiterrorista, entregará su diagnóstico respecto a la normativa que hasta el momento ha sido mal evaluada por expertos, que la califican de ineficaz e inaplicable. Desde el Ministerio Público criticaron que los Tribunales exigen pruebas que van más allá de lo que está contemplado en la Ley, para entregar una sentencia condenatoria.

Si bien en los casos de Hans Niemeyer, Luciano Pitronello, Carla Verdugo e Iván Silva la justicia determinó condenarlos por infracción a la Ley de Armas en ninguna de las resoluciones se consideró que eran responsables de delitos terroristas, generando la discusión en torno a la dificultad que existe para aplicar la Ley que sanciona estos ilícitos.

Sin embargo, el debate también gira en torno a cuándo debe ser invocada, a propósito de la última querella presentada por el Gobierno por la detonación de una bomba en el Metro y que generó críticas desde la Alianza por el supuesto doble estándar de la autoridad, al no invocarla también en La Araucanía.

El Ejecutivo convocó a una comisión de abogados y expertos para que en poco más de un mes entregue un diagnóstico de la normativa con el fin de perfeccionarla.

El coordinador de la comisión, Juan Pablo Hermosilla, explicó que se encuentran en la etapa de análisis, luego que se les ordenara el estudio de esta Ley con el fin de detallar si requiere de modificaciones o si es necesario hasta de su derogación.

El Fiscal Regional Sur, Raúl Guzman, en conversación con La Radio, explicó que en los casos donde se han detonado “bombas”, han enfrentado dificultades en la etapa de preparación de juicio oral donde no siempre pueden incluir toda la prueba, generando dificultades para probar los ilícitos.

Sin embargo subrayó que una de las principales trabas son las altas exigencias de los Tribunales piden para estos casos.

El abogado de la Defensoría Popular, Rodrigo Román, que representó al recientemente absuelto Rodrigo Montoya, por la colocación de un artefacto explosivo en un retén de Las Vizcachas, indicó que una de las principales fallas de la Ley Antiterrorista es la configuración del delito, ya que se debe probar la intencionalidad del autor de querer causar temor.

Román agregó que no es necesaria esta Ley ya que el Código Procesal Penal ya contempla duras sanciones contra las personas por porte de armas o colocación de artefactos explosivos.