La Corte de Apelaciones de Santiago absolvió a los supuestos integrantes de una red que enviaba a niños en adopción a padres extranjeros.

La Octava Sala del tribunal de alzada capitalino, en fallo unánime, anuló las condenas que pesaban contra un abogado y tres mujeres que habrían servido de guardadoras de los lactantes, cuyas adopciones eran tramitadas el juzgado de letras de Achao, en la isla se Chiloé.

Se trata del jurista Alejandro López del Campo, quien en primera instancia estaba condenado a 8 años de cárcel por realizar la operación que significó enviar al extranjero a 20 niños y niñas, menores de 6 meses de edad, entre junio de 1993 y abril de 1997.

Sin embrago, la Corte de Apelaciones de Santiago concluyó que en el caso no hubo ilícito, ya que las madres negaron haber sido obligadas a entregar en adopción a sus hijos o haber recibido una compensación monetaria.

La causa se abrió cuando a la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de la X Región le llamó la atención en la época que todos los trámites que realizaba el abogado López se hicieron en el Juzgado de Letras de Achao, con el magistrado Juan Morizon Lecrerc.

Incluso madres con domicilio en Santiago concurrían a ese tribunal a manifestar su intención de entregar a su hijo.

El juez aprobaba las peticiones de sacar del país a los menores, con informes negativos del Servicio Nacional de Menores (Sename), que emitió su opinión desfavorable, aduciendo que en Chile existían matrimonios dispuestos a adoptar a los niños y niñas.

Este fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, no fue impugnado ante la Corte Suprema, ni por el Sename, ni por el Consejo de Defensa del Estado, que eran parte del proceso judicial.