Este lunes, el contralor Ramiro Mendoza manifestó haber revisado y firmado durante el fin de semana el reglamento elaborado por el Ministerio de Economía, que establece los criterios mediante los cuales una persona deberá consentir o rechazar las modificaciones unilaterales a los contratos financieros.

Mendoza agregó que el texto se adecua a la ley y que era cosa de horas para que se notificara al recurrente, cosa que, finalmente, no se produjo. Aún así, su publicación es inminente.

El tema surgió en abril, cuando la Corte Suprema falló en contra de Cencosud por aumentar unilateralmente las comisiones. Ese mismo mes, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, SBIF, derogó el consentimiento tácito y obligó a una autorización explícita.

En noviembre el Ministerio de Economía ingresó una normativa que retiró a las pocas semanas. La cartera insistió el viernes 6 de este mes con un nuevo texto.

Alejandro Alarcón, ex gerente de la SBIF, si bien cuestionó el retraso, destacó que casi 17 millones de contratos indefinidos estén a puntos de descongelarse.

Una corrección en el actual documento es que si un consumidor no está de acuerdo con los nuevos términos, la institución debe mantener las condiciones por 60 días antes de concluir la relación contractual.

Para Hernán Calderón, presidente de la Corporación Nacional de Consumidores, esta modificación no cambia que la normativa transgreda la actual legislación.

Lo mismo opinó Stefan Larenas, presidente de Organización de Consumidores, Odecu, quien apuntó sus dardos contra el Ministerio de Economía.

Ambas agrupaciones de usuarios anunciaron que recurrirán al Tribunal Constitucional para evitar que el texto elaborado por el Ejecutivo se convierta, efectivamente, en un nuevo marco regulatorio.