El nuevo gobierno paraguayo que encabeza el presidente Federico Franco, rechazó este lunes una declaración del Ministerio de Relaciones Exteriores de Argentina en la que se anunció la decisión de “suspender al Paraguay, de forma inmediata y por este acto, del derecho a participar en la XLIII Reunión del Consejo del Mercado Común y Cumbre de Presidentes del Mercosur, así como de las reuniones preparatorias, que tendrán lugar en la ciudad de Mendoza, entre el 25 y 29 de junio de 2012″.

La posición de la nueva administración paraguaya se dio a conocer el mismo día en que la Corte Suprema local desestimó “sin más trámite” el recurso de inconstitucionalidad planteado el pasado viernes por Fernando Lugo contra el “juicio político” que terminó con su destitución como gobernante.

A través de un comunicado el Ministerio de Relaciones Exteriores de Paraguay manifestó “su rechazo a esa decisión adoptada, obviando los procedimientos regulares y sin que se haya dado oportunidad alguna al Estado afectado para pronunciarse sobre el particular, tal como lo determina expresamente el artículo 4 del Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el Mercosur suscrito el 24 de julio de 1998″.

Igualmente la cancillería paraguaya afirma “que la Declaración, curiosamente, adolece del mismo defecto que se atribuye al proceso interno paraguayo que le dio origen, y que se califica impropiamente como de ruptura del orden democrático, por no haberse respetado el debido proceso”.

La nota de prensa agrega que “sin embargo, puede señalarse que en el juicio político entablado en el seno del Congreso Nacional al entonces Presidente Fernando Lugo, de conformidad con las disposiciones constitucionales aplicables, se otorgó a éste la oportunidad de ejercer su defensa, como en efecto lo hizo. En cuanto al principio del debido proceso, por cuya supuesta inobservancia se considera que pudo haber una ruptura del orden democrático en el Paraguay, cabe aclarar que en el caso en cuestión el procedimiento se ajustó estrictamente a lo dispuesto en el artículo 225 de la Constitución Nacional de la República del Paraguay, garantizándose por consiguiente el debido proceso”.

Asimismo el ministerio de Relaciones Exteriores paraguayo afirma que “en cambio, la Declaración difundida por la Cancillería argentina no fue adoptada conforme a los procedimientos que se observan en el Mercosur, está suscrita por Estados Asociados que no ratificaron dicho Protocolo y, lo que es más grave, fue resuelta sin escuchar previamente al Gobierno de la República del Paraguay, violando de tal manera el debido proceso”.

Según el gobierno del presidente Franco “la Declaración de referencia demuestra que no resulta posible negar la constitucionalidad del juicio político, ni la abrumadora mayoría con que se tomó la decisión de condenar al ex Presidente Lugo, ni que el propio afectado se sometió al juicio político y acató públicamente la resolución adoptada”.

Según la cancillería paraguaya “la Declaración del Mercosur en nada contribuye a la paz y la tranquilidad pública del Paraguay, ni a la integración regional, y se extralimita al descalificar decisiones adoptadas, en uso de sus legítimas atribuciones, por el Poder Legislativo paraguayo, tan electo por el pueblo como el ex Presidente Fernando Lugo y el Presidente Federico Franco”.