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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La CMF modificó la norma que obliga a los bancos a eliminar la tarjeta de coordenadas, permitiendo que ciertos clientes la sigan usando después del 1 de agosto de 2026. Esta medida busca establecer estándares de seguridad en el sector financiero, aunque generó preocupación por excluir a clientes no digitales. Los bancos podrán mantener las tarjetas para adultos mayores, personas con salud deteriorada, dificultades de acceso físico o incompatibilidad con dispositivos de confianza.

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó este lunes una modificación a la norma que obliga a los bancos a eliminar la tarjeta de coordenadas, permitiendo que un grupo específico de clientes pueda seguir utilizándola después del 1 de agosto de 2026, que es cuando entra en vigencia.

Recordemos que esta normativa tiene como finalidad establecer nuevos estándares “mínimos de seguridad, registro y autenticación” para las empresas del sector financiero.

Sin embargo, desde su anuncio, la noticia generó preocupación entre los expertos, quienes consideraron que la medida excluiría del sistema financiero a un grupo importante de clientes que no son nativos digitales, y que no tienen la expertise para poder operar a través de un celular.

Es por eso que la CMF puso en consulta una norma que contemplaba que “grupos específicos de clientes —determinados por los propios emisores mediante criterios objetivos— continuaran utilizando tarjetas de coordenadas como mecanismo de autenticación”, para evitar dificultades en el reemplazo de dichos mecanismos, ya sea por problemas de accesibilidad, desplazamiento u otras limitaciones.

¿Quiénes podrán seguir usando la tarjeta de coordenadas?

Ahora, tras la actualizacipon de la norma, los bancos y entidades podrán mantener el uso de tarjetas de coordenadas para grupos de clientes que cumplan al menos uno de los siguientes criterios:

• Ser adulto mayor.
• Presentar una condición de salud deteriorada o de discapacidad.
• Tener dificultad para acceder a canales físicos de atención.
• Presentar incompatibilidad o indisponibilidad de dispositivos de confianza -por ejemplo, un teléfono inteligente- con los mecanismos de autenticación que requiere la entidad.

Cabe señalar que la decisión final quedará en manos de cada banco, que deberá definir qué clientes cumplen con esos criterios.

“Las instituciones que opten por establecer grupos de clientes que mantengan el uso de la tarjeta de coordenadas, mediante los criterios antes señalados, deberán informarlo a la CMF a más tardar el 1 de agosto del presente año”, cerraron.