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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Este domingo 14 de diciembre será feriado legal e irrenunciable en todo Chile debido a la segunda vuelta de las elecciones presidenciales entre Jeanette Jara y José Antonio Kast. Supermercados y comercios en malls deben cerrar a partir de las 21:00 horas del día anterior y abrir a las 06:00 del día siguiente. La Dirección del Trabajo multará con 5 a 20 UTM a empleadores que obliguen a trabajar. Los trabajadores tienen derecho a tres horas para votar sin descuentos salariales.

Este domingo 14 de diciembre, con motivo de las elecciones presidenciales de segunda vuelta entre Jeanette Jara y José Antonio Kast, regirá en todo el país un feriado legal. Esta figura implica el cierre obligatorio de una parte del comercio y una serie de normas especiales.

Lo anterior, ya que la ley establece que durante jornadas de votación se debe decretar ciertas excepcionalidades para facilitar la participación ciudadana, asegurar el libre desplazamiento y permitir que trabajadores del comercio puedan ejercer su derecho a voto sin presiones laborales.

¿Es un feriado irrenunciable? Es importante precisar que, aunque ambos son días de descanso, los feriados legales por elecciones presidenciales y los feriados irrenunciables —como Año Nuevo o Navidad— tienen reglas distintas. En pocas palabras, el feriado legal busca asegurar que trabajadoras y trabajadores tengan tiempo para votar, pero la actividad laboral no necesariamente se detiene por completo. Revisemos los detalles a continuación.

Comercio que debe cerrar

Si bien desde agosto del año 2024 se derogó la llamada Ley Seca, que implicaba la venta de alcohol, hay otras restricciones importantes a ciertos tipos de comercios.

Deberán mantener sus puertas cerradas los supermercados y comercio general cuando operen en recintos que sean administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, como malls o centros comerciales.

Estas instalaciones deben cerrar a más tardar a las 21:00 horas del día previo a la elección, hasta las 06:00 horas del día siguiente.

Multas por incumplimiento y permisos para sufragar

La Dirección del Trabajo ya ha anunciado que fiscalizará el cumplimiento del feriado. Las multas pueden ir desde 5 a 20 UTM por cada trabajador obligado a trabajar, dependiendo del tamaño de la empresa.

Luis Patricio Ríos, director de la Carrera de Derecho de la Universidad del Alba de La Serena, explica además que “para el comercio que sí cuenta con autorización de funcionamiento, los empleadores deberán otorgar TRES horas para votar a quienes estén legalmente habilitados”.

Es preciso señalar, agrega el académico, “que la legislación es clara respecto a que ningún trabajador puede ser obligado a renunciar a su derecho a voto, mientras que las labores en comercios con permisos de funcionamiento no pueden implicar descuentos en las remuneraciones de los trabajadores que destinen el tiempo estipulado para ir a sufragar.”

Además, tampoco se pueden imponer turnos especiales para evitar la aplicación del feriado.

Expertos llaman a la responsabilidad cívica

Para el académico, este tipo de feriados cumple una función clave en la democracia, considerando que “la participación ciudadana en la elección de nuestras autoridades tiene una doble naturaleza de derecho y deber a la vez”.

Constituye – explica – “un deber, porque el voto ha vuelto a ser obligatorio, a fin de dotar de verdadera legitimación la elección, debido a que la persona electa represente a la mayoría de los ciudadanos con derecho a voto en el país. Pero es también un derecho, razón por la cual, el legislador establece ciertos resguardos para evitar que se impida ejercer el voto”.