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Martillero en un remate

Justica "congela" propiedad de juez partidor demandado por apropiarse de dinero de remate

Felipe Díaz Montero

Periodista de Investigación en BioBioChile.

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Domingo 26 julio de 2026 | 06:01
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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Conservador de Bienes Raíces de Copiapó inscribió una prohibición que impide al abogado y juez Juan Pablo Fuentes Díaz celebrar actos sobre su propiedad en el centro de Copiapó, tras ser denunciado por apropiarse de dinero de un remate. La Corte de Apelaciones de Santiago revocó un fallo y ordenó esta medida. Fuentes Díaz adeuda millones a una mujer por la venta de un terreno en Curicó. La mujer exige compensación de millones y costas legales.

El Conservador de Bienes Raíces de Copiapó inscribió una prohibición que imposibilita al abogado y juez partidor Juan Pablo Fuentes Díaz —denunciado por apropiarse del dinero de un remate— celebrar actos o contratos sobre un inmueble de su propiedad, ubicado en pleno centro de la ciudad.

La acción se ejecutó en cumplimiento de una resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que, que concedió la medida precautoria al tiempo que revocó un fallo del 26º Juzgado Civil de Santiago que la había rechazado.

Es precisamente en ese tribunal donde una mujer interpuso una demanda civil en contra del jurista para exigir el pago de más de $10 millones que, según sostiene, el profesional le adeuda tras rematar un terreno ubicado en el sector El Zapallar, en Curicó.

Deshonesto y desleal

Tal como informó la Unidad de Investigación de Bío Bío en su oportunidad, los antecedentes también constan en una denuncia administrativa interpuesta directamente ante la Corte de Apelaciones de Talca, donde se califica el accionar del abogado como deshonesto y desleal.

Todo comenzó en junio de 2022, el abogado Juan Pablo Fuentes Díaz fue designado por resolución del Primer Juzgado Civil de Curicó como juez árbitro partidor en un litigio iniciado por la dueña mayoritaria de una copropiedad con el propósito de rematarla.

De acuerdo con las reglas generales que regulan estos procesos, el profesional tenía un plazo máximo de 2 años para resolver un negocio y de esa forma zanjar el conflicto entre ambas dueñas de la parcela.

Los meses y años pasaron, lográndose finalmente el 30 abril de 2024 el remate del inmueble que terminó adjudicándoselo una sociedad agrícola de la zona. Así las cosas, el rematante depositó directamente en la cuenta del juez partidor, sólo un par de días más tarde, los respectivos $35,9 millones fijados como precio de venta.

Sin embargo, la totalidad de ese monto nunca llegó a las manos de quien era la dueña mayoritaria del terreno. Según argumentaron los abogados de la mujer, todo esto lo hizo de la mano de “maniobras dilatorias, omisivas e ilegales”.

“Estamos frente a una sucesión de actos y omisiones para no cumplir de manera leal, honesta y sin demoras o dilaciones con el deber que como Juez le corresponde para resolver un conflicto jurídico, actos y omisiones que han implicado el no pago ni devolución íntegra de los dineros”, plantearon.

$30 millones como indemnización

Como sea, de acuerdo con la presentación ante el 26º Juzgado Civil de Santiago, Juan Pablo Fuentes Díaz mantiene hasta el día de hoy una deuda de más de $10 millones con la dueña mayoritaria del terreno rematado en 2022.

A ella le correspondían poco más de $24 millones, no obstante el profesional le fue pagando a cuenta gotas —y recién a partir de agosto de 2025 en adelante— poco más de $13 millones.

Es por esa razón que junto a sus abogados, además de buscar el pago de la totalidad del dinero que se le adeuda, la mujer exige un monto no inferior a $30 millones por concepto de indemnización de perjuicios. Además, solicitó que el sujeto sea condenado en costas.

De ahí —con el fin de “asegurar el resultado del juicio”, según reza el escrito— que hayan solicitado la medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto del bien inmueble que Fuentes Díaz tiene inscrito a su nombre en la región de Atacama.

En términos simples, la medida precautoria concedida por el tribunal de alzada capitalino e inscrita por el Conservador de Bienes Raíces de Copiapó le impide al abogado vender, ceder, hipotecar o donar el inmueble mientras la prohibición permanezca vigente.

Pese a reiterados intentos telefónicos, tal como ocurrió en una primera oportunidad, el abogado Juan Pablo Fuentes Díaz —quien según su perfil en LinkedIn es gerente general de la Cooperativa de Agricultores Curicó— no se mostró disponible para entregar una versión sobre este caso.

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