Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
Desde el 15 de mayo del 2025, todos los vehículos en Chile deben tener grabada la patente en vidrios y espejos, cumpliendo la Ley 21.601 para prevenir robos de piezas. Se requiere el grabado en 6 vidrios y 2 espejos, con letras legibles en mayúsculas y altura de 7-10 mm en vidrios y 5-10 mm en espejos. Exentos algunos vehículos como policiales y extranjeros en tránsito, y aquellos con patente pintada.
A contar de este jueves 15 de mayo del 2025, todos los vehículos motorizados que circulan en Chile deberán tener el grabado de patentes en vidrios y espejos, tal como estipula la Ley 21.601 que busca reducir el robo de piezas de automóviles.
Eso sí, recordemos que existe un reglamento asociado a la norma que indica cuáles son las características que debe cumplir el grabado, dónde se debe realizar y cuáles son los espejos o vidrios que deben tener la placa patente.
A continuación te contamos todo sobre esta normativa:
¿Cuántos vidrios se deben grabar con la patente según la ley?
El grabado de patentes debe estar presente en, al menos, 6 vidrios (laterales, luneta y parabrisas), además de los 2 espejos laterales, según mandata la ley.
Solo en los casos que el vehículo tuviese más (ejemplo, furgones o buses), solo se exigirá el mínimo antes señalado.
Ahora, si se trata de aquellos que cuenten con menos vidrios o espejos (por ejemplo, motos), la patente deberá estar grabada en todos sus espejos.
¿Qué características debe tener el grabado de patentes según la ley?
Una de las principales características del grabado de patentes, es que sea permanente, tal como se indica en la ley. Vale decir, que haya implicado un desgaste al vidrio y espejo, más allá de la técnica utilizada (arenado, tallado, ácido, etc.)
También, que la letra sea legible, y en formato normal. Es decir, que no use elementos como cursiva o negrita. Y todo, siempre en mayúscula.
Para las letras y dígitos de los vidrios, deben tener entre 7 y 10 milímetros de altura. Por su parte, en los espejos laterales, la altura deberá ser entre 5 y 10 milímetros.
¿Dónde va el grabado?
Gob.clGob.clGob.clGob.cl
Cabe señalar que los vehículos que determina el artículo 54 de la Ley de Tránsito (por ejemplo, aquellos de labores policiales o de FF.AA., o bien, vehículos extranjeros en tránsito temporal en el país), quedan exentos de esta solicitud.
Y en el caso de vehículos que cuenten con su patente pintada en sus costados (como taxis o camiones), deberán realizar el grabado solo en espejos laterales y parabrisas.
Nuestra sección de OPINIÓN es un espacio abierto, por lo que el contenido vertido en esta columna es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial de BioBioChile
Estamos recopilando más antecedentes sobre esta noticia, quédate atento a las
actualizaciones.
Alerta de Spoiler
Este artículo podría contener información clave sobre la trama de un libro, serie o
película.
Advertencia de imágenes explícitas
¡Cuidado! Las imágenes de este artículo pueden herir la sensibilidad de algunas personas.
VER RESUMEN
Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
{{ post.resumen_de_ia }}
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
Violencia contra la mujer
Si eres víctima o testigo de violencia contra la mujer, denuncia al
149 de Carabineros, recibe orientación llamando al
número corto 1455 del Sernameg o pulsa para
usar el chat de orientación Sernameg
Suicidio
Si necesitas ayuda psicológica especializada o conoces a alguien que la requiera, el Ministerio
de Salud tiene un teléfono de ayuda atendida por profesionales todos los días del año y las 24 horas,
marcando desde celulares el *4141. Además, puedes recurrir a Salud Responde en el 600 360 7777.
Las personas sordas pueden recibir asistencia ingresando a
este enlace.
Transporte privado
Las aplicaciones de transporte privado pagado aún no se encuentran normadas por la legislación chilena.
Estudio científico
Este artículo se basa en un estudio científico que puede ser sometido a nuevas pruebas para ser validado o descartado. Sus resultados NO deben considerarse concluyentes.