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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

En Chile, a partir de mayo, la mayoría de los vehículos, nuevos o usados, deberán tener grabada la patente en vidrios y espejos, salvo 3 excepciones. La medida busca prevenir la venta de autos robados y aplica desde el 15 de mayo. Los vehículos nuevos vendidos desde agosto de 2024 debían tenerlo grabado para septiembre, mientras que los usados comercializados antes del 11 de noviembre de 2023 tienen plazo hasta mayo de 2025. Existen 3 tipos de vehículos exentos, como extranjeros en tránsito y vehículos militares.

A contar del próximo mes de mayo, en Chile, la gran mayoría de los vehículos, sean nuevos o usados, deberán contar con el grabado de patentes en sus vidrios y espejos, salvo 3 excepciones, ¿sabes cuáles son y qué multas acarrea no cumplir con esta exigencia?

Recordemos que la medida se estableció mediante una norma hace un tiempo para evitar la comercialización de automóviles robados. Sin embargo, se entregó un plazo de un año para la exigencia por parte de las autoridades en vehículos nuevos, el que comienza a regir desde el próximo 15 de mayo.

Además, es la misma ley y su reglamento la que determina qué autos están exentos de grabar la patente en espejos y ventanas.

Plazo para el grabado de patentes en vehículos nuevos y usados

El grabado obligatorio de patentes se anunció en septiembre del 2023, cuando se publicó una ley, pero su exigencia dependía de la publicación de un reglamento, que vio la luz en mayo del 2024. Este último determinó que para autos usados (comercializados antes del 11 de noviembre del 2023), sus dueños tienen plazo para hacerlo, hasta el 15 de mayo de este 2025.

En tanto, los vehículos nuevos vendidos desde el 15 de agosto del 2024 tuvieron hasta el 15 de septiembre del 2024 para grabar la placa patente. Acorde a la ley, son las mismas automotoras las encargadas de entregar el vehículo con la patente ya grabada a sus clientes.

¿Qué vehículos no necesitan el grabado de patentes en ventanas y espejos?

En concreto, el Decreto especifica que la obligación de grabado de la placa patente única no será exigible para 3 tipos de vehículos:

1. Aquellos vehículos señalados en el artículo 54 de la ley de tránsito, o sea:

Vehículos extranjeros en tránsito temporal o con patente extranjera.
Los vehículos nuevos con peso bruto igual o superior a 3.860 kilogramos, que solo puedan desplazarse por sus propios medios y únicamente para fines de traslado a dependencias del comercializado.
Los pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a Carabineros de Chile, debidamente identificados y destinados exclusivamente a uso militar o policial.

2. Tampoco será exigible respecto de aquellos vehículos considerados como antiguos o históricos de acuerdo a lo dispuesto en el título XIX de la misma ley.

3. Por último, quedan eximidos de hacer el trámite los vehículos que ya tenían grabada la patente con anterioridad, siempre y cuando “el grabado con el que cuenten sea permanente y permita la íntegra y correcta identificación de cada uno de los dígitos y letras de la placa patente grabada.”.

¿Cuáles son las multas por no grabar la placa patente?

El abogado Julio Landaeta, director de Asuntos Jurídicos de la Universidad de La Serena, aclaró a nuestro medio asociado El Día, que esta disposición está definida en el inciso final del artículo 62 de la Ley de Tránsito que señala “Los vehículos motorizados deberán contar con su placa patente única grabada, de forma permanente, en sus vidrios y espejos laterales”.

El experto recalca que “en caso de no cumplirse con lo dispuesto en la norma transcrita, se configura una infracción grave a la Ley de Tránsito (artículo 200, numeral 27) sancionada con multa de 1 a 1,5 UTM” (entre $68.000 y $103.000).

Los vehículos con más vidrios, como buses y furgones, la exigencia mínima de grabar es de 6 más los espejos laterales, y las motos, que tienen el mínimo de vidrio, deben tenerla grabada en todos sus espejos.

Los grabados no permitidos serán los que se borren con facilidad, los que no tengan la altura de letra y número solicitado, las que estén en negrita y/o cursiva, o en letra minúscula.