Se trata de un tipo de competencia desleal donde se venden productos o servicios por debajo del precio normal con el objetivo de deshacerse de los competidores, y adueñarse del mercado.​

Este miércoles, la principal productora de acero de nuestro país, siderúrgica Huachipato, decidió suspender sus operaciones “por tiempo indefinido”. Esto, atribuido al rol que ha tenido la competencia desde China en el último tiempo y sus prácticas de “dumping”.

La Comisión Antidistorsiones señaló este martes que había “evidencia de dumping” por parte del gigante asiático. ¿En qué consiste esta práctica?

¿Qué es el dumping?

Según la Organización Mundial del Comercio, el dumping es cuando un producto se introduce en el mercado de otro país a un precio inferior a su valor normal. Por su parte, el Parlamento Europeo cataloga esta práctica como “una forma de competencia desleal, ya que los productos se venden a un precio que no refleja fielmente su coste”.

En esa misma línea, ProChile lo define como la práctica de exportar productos a un precio inferior a su valor normal, la cual puede desarrollarse por iniciativa de la propia empresa o por medio de subsidios estatales.

En ese sentido, el dumping sería un tipo de competencia desleal donde se venden productos o servicios por debajo del precio normal con el objetivo de deshacerse de los competidores, adueñándose del mercado.​

Determinar la existencia de dumping en complejo. Según indica ProChile, se deben realizar una serie de análisis para poder determinar el precio adecuado en el mercado del país exportador (“valor normal”) y el precio adecuado en el mercado del país importador (“precio de exportación”) con el objetivo de poder realizar la comparación.

La aplicación de medidas antidumping, amparadas por el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, buscan proteger la industria afectada por la mayor competitividad del producto importado. No obstante, desde ProChile también explican que, en algunos casos, también son usados como una forma encubierta de proteccionismo.

Para aplicar derechos antidumping específicos a las importaciones, debe existir una previa investigación de los hechos y debe comprobarse que efectivamente se están causando daños importantes, o existe una amenaza, a una rama de producción nacional.

Investigación de las importaciones de acero chino

A finales del año pasado, la Comisión Antidistorsiones acogió la solicitud de la Siderúrgica Huachipato para analizar el mercado del acero importado y la posible existencia de dumping.

Luego de una investigación, este martes dicha comisión determinó que hay “evidencia suficiente para sostener la existencia de dumping”, por lo que se recomendó aplicar sobretasas arancelarias provisorias, del 15,3% en promedio.

No obstante, estas sobretasas serían inferiores al 25% solicitado por la compañía. Según detalló la siderúrgica, el precio del acero chino es un 40% inferior a su valor normal.

Durante los últimos años, más de medio centenar de países han aplicado medidas antidumping para equilibrar las distorsiones provocadas en los mercados locales.

Por ejemplo, en México, se han aplicado aranceles de hasta un 25% a por lo menos 600 productos de origen asiático. Entre ellos, calzado, textil, plásticos, vidrio, papel, entre otros.