Desde el 2022, en Chile rige el voto obligatorio (salvo para primarias) e inscripción automática. En ese sentido, se debe asistir a ejercer el derecho a sufragio para el próximo Plebiscito o la autoridad puede cobrar multas. Lo mismo sucede para quienes no sean vocales de mesa, a pesar de ser llamados.

El próximo 17 de diciembre, Chile volverá a las urnas para participar en un nuevo Plebiscito Constitucional, que establece multas para quienes no ejerzan el voto obligatorio o para quienes no realicen la labor de vocal de mesa, a pesar de haber sido nominados.

Vale recordar que hace poco se supo de una mujer que fue detenida tras no presentarse ante un tribunal, citada por no realizar su labor de vocal de mesa en la segunda vuelta presidencial del 2021.

¿Es obligatorio votar en el Plebiscito Constitucional?

Sí. En diciembre del 2022 se modificó la ley y se volvió a establecer el voto obligatorio en Chile, con la excepción de las votaciones de primarias.

De esta manera, quienes no ejerzan el sufragio pueden acarrear multas que serán cobradas por los Juzgados de Policía Local respectivos.

Ahora, con la modificación de la ley, en el país es obligatorio votar en las elecciones, mientras que la inscripción es automática para todos los mayores de 18 años, que cumplan con los requisitos.

¿Cuáles son las excusas para no ir a votar?

Existen ciertas excusas que un ciudadano puede presentar en caso de no poder votar el día de las elecciones o del Plebiscito.

  • Estar a más de 200 kilómetros de distancia del domicilio electoral correspondiente.
  • Enfermedad.
  • Ausencia del país.
  • Otro impedimento grave debidamente comprobado ante el juez competente.
  • Solo en caso de estar a más de 200 kilómetros del domicilio electoral el día del Plebiscito Constitucional, es necesario dejar una constancia ente una comisaría, tenencia o retén de Carabineros. Esta será válida como prueba ante el Juez de Policía Local (JPL).

    Las demás excusas se podrán presentar ante el JPL, el día que sea citado, en caso de ser así.

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    ¿Cuáles son las multas por no ir a votar al Plebiscito?

    Si en el próximo Plebiscito o cualquiera de las siguientes elecciones (no primarias) el elector no llegase a votar, puede ser denunciado por Servel ante el Juzgado de Policía Local correspondiente.

    Para quienes incurran en estos actos arriesgan multas que a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales (UTM), o sea, entre $32 mil y $192 mil, aproximadamente.

    ¿Hay multas por no ser vocal de mesa?

    Lo mismo sucede para quienes no cumplan con el llamado a ser vocales de mesa.

    En ese sentido, las multas para quienes no cumplan pueden ir desde las 2 Unidades Tributarias Mensuales, UTM, (poco más de $128 mil) las 8 UTM ($513 mil aproximadamente).

    Puedes revisar si fuiste llamado como vocal de mesa HACIENDO CLIC AQUÍ.