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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Corte Suprema ratificó multa a empresa por incumplimientos ambientales en relleno sanitario Loma Los Colorados en Tiltil, equivalente a más de $4.289 millones. La SMA impuso la sanción y la Tercera Sala del tribunal declaró inadmisible el recurso de casación de la empresa KDM S.A. El fallo confirmó que el relleno tenía problemas estructurales para tratar líquidos percolados, incumpliendo la RCA N° 60/2005.

La Corte Suprema ratificó la multa de 4.984 Unidades Tributarias Anuales (UTA) –equivalente a más de $4.289 millones-, sanción impuesta por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) debido a graves incumplimientos ambientales en la operación del Relleno Sanitario Loma Los Colorados, ubicado en Tiltil.

Según consignó la SMA en su sitio web, la Tercera Sala del máximo tribunal declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y en el fondo interpuestos por la empresa KDM S.A.

Esta acción fue deducida por la titular en contra de la sentencia del Segundo Tribunal Ambiental, la cual resolvió a favor de la legalidad de la sanción aplicada por el organismo fiscalizador.

Argumento de la Suprema para confirmar multa de $4.200 millones a empresa por relleno sanitario de Tiltil

La Corte Suprema descartó que existiera una mala apreciación probatoria y confirmó las conclusiones técnicas alcanzadas por la SMA, las que previamente habían sido ratificadas por el Segundo Tribunal Ambiental.

Además, el máximo tribunal determinó que el relleno sanitario presentaba una incapacidad estructural para el manejo de líquidos percolados mediante recirculación. Esto último obedece a la inoperatividad de las vías tecnológicas de tratamiento terciario (planta de ósmosis inversa) exigidas en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 60/2005.

El fallo de la Suprema también desestimó las alegaciones de prescripción y tipicidad aludidas por la empresa. En ese sentido, el tribunal señaló incompatibilidades formales en su defensa al cuestionar la proporcionalidad de la multa mientras al mismo tiempo pretendía negar la infracción.

“Esta decisión de la Corte Suprema ratifica el rigor técnico y la solidez jurídica con la que actúa la Superintendencia. Con ello, la sanción aplicada a la empresa queda firme“, declaró el superintendente del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra.