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La Corte de Apelaciones de Antofagasta se declaró incompetente para conocer la solicitud de desafuero contra Claudio Orrego, gobernador de Santiago, en el caso ProCultura. El Juzgado de Garantía de Antofagasta también se declaró incompetente, enviando los antecedentes al 7° Juzgado de Garantía de Santiago. Esta aceptó la competencia al considerar que los hechos tienen relación con la región Metropolitana. El tribunal fundamentó su decisión en lo anterior, además de normas legales y constitucionales.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta se declaró incompetente para conocer la solicitud de desafuero presentada por la Fiscalía de Antofagasta contra el gobernador de Santiago, Claudio Orrego, en el marco de la investigación del caso ProCultura.
Esta resolución, dada a conocer este 6 de noviembre, llega luego de que el Juzgado de Garantía de Antofagasta acogiera lo expuesto por la defensa de Orrego y declarara su incompetencia para conocer los antecedentes del caso ProCultura.
A raíz de esta decisión, se remitieron los antecedentes de la investigación que sustentan la solicitud de desafuero al 7° Juzgado de Garantía de Santiago. Este tribunal capitalino aceptó la competencia al “estimar que los hechos denunciados tienen su principio de ejecución en la región Metropolitana“.
Corte de Antofagasta declara su incompetencia para conocer el desafuero contra Orrego
Basándose en los fallos anteriores, el tribunal de alzada nortino tomó una decisión respecto de lo solicitado por el Ministerio Público.
“Que lo anterior obliga a este Tribunal Pleno a declarar la incompetencia de esta Corte de Apelaciones para conocer del procedimiento de desafuero, en aplicación precisamente de dichas normas de competencia penal, debiendo remitir los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago por corresponderle a esta su conocimiento y fallo“, sostuvo la Corte de Apelaciones de Antofagasta.
El tribunal de alzada fundamentó su decisión en “lo dispuesto en el artículo 100 del Código Orgánico de Tribunales, el artículo 89 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, el artículo 416 del Código Procesal Penal y el artículo 61 de la Carta Fundamental“, detalló.
Así es como tanto la arista penal del caso ProCultura como la solicitud de desafuero contra Orrego, enmarcada en la misma causa, pasaron de Antofagasta a la capital, tanto al 7° Juzgado de Garantía como a la Corte de Apelaciones de Santiago. En este último tribunal de alzada, la solicitud de la fiscalíase tramita conforme a derecho.
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